Boletín nº 65 (03-04-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 942/2020
Don Andrés Morales Vázquez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Rey (Córdoba) ha dictado Resolución núm 069/2020, que trascrita literalmente dice así:
"A consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, con la pandemia internacional, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el Gobierno español declaró el Estado de Alarma en la totalidad el territorio nacional, para la gestión de la situación de emergencia de salud pública ocasionada.
En el citado Real Decreto se contempla, en lo relativo a la actuación de cada Administración y sin perjuicio de que la autoridad competente, a los efectos del mismo, es el Gobierno, lo siguiente:
Cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma y sin perjuicio de lo establecido en los artículos 4 y 5 del Real Decreto.
En el ámbito de la Administración Local y ya más concretamente en el del Ayuntamiento de Villanueva del Rey, de conformidad con artículos 1, 4 y 19 de Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, se ha de prestar especial atención a la ejecución y adaptación de aquellas medidas contenidas en el Real Decreto.
En virtud de cuanto antecede y teniendo en cuenta la capacidad de autoorganización de esta Corporación, según los preceptos indicados y habiendo alcanzado consenso mediante conversación telefónica con el Portavoz del Grupo Popular en el Municipio.
Por el presente he resuelto:
Primero. Suspender la convocatoria y celebración de sesiones plenarias, Junta de Gobierno y Comisiones Informativas y resto de órganos colegiados. Cuando excepcionalmente haya de celebrarse de forma presencial, se observarán todas las medidas sanitarias y de prevención oportunas, y quedará prohibida la asistencia de público, sin perjuicio de la transmisión en directo de la sesión, en el caso del Pleno, para garantía de su debida publicidad.
Segundo. Las medidas dispuestas en la presente Resolución estarán vigentes hasta en tanto no pierda vigencia la suspensión acordada mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, sin perjuicio de las prórrogas y de las medidas adicionales que puedan ser acordadas.
Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y dar traslado al Portavoz del Grupo Popular en el Municipio.
Cuarto. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre.
Y para que así conste lo mando y firmo en Villanueva del Rey. Fechado y sellado electrónicamente".
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
En Villanueva del Rey, 26 de marzo de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Andrés Morales Vázquez.