Boletín nº 67 (07-04-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 964/2020

Por Resolución de Alcaldía número 728/2020, de 19 de marzo, se ha resuelto lo siguiente:

Resolución de Alcaldía

Resultando que mediante Decreto de esta Alcaldía-Presidencia 1.199/2019, de 26 de junio, se delegaron determinadas competencia propias de esta Alcaldía a la Junta de Gobierno Local, que las ha venido desempeñando con normalidad hasta este momento.

Con la promulgación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y con el propósito de evitar todo tipo de situaciones que pudieran poner en riesgo la salud de los que acudieran a las mismas, en este caso de los componentes de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento.

Visto el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, el que se determina que: 1. Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

En los supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes jerárquicamente, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano delegante.

2. En todo caso, la avocación se realizará mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados en el procedimiento, si los hubiere, con anterioridad o simultáneamente a la resolución final que se dicte.

Contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento.

Considerando que es ésta, sin duda, circunstancia que motiva la avocación de las competencias en su día delegadas mediante la Resolución que al principio se indica, que no es otra sino el inconveniente de celebrar sesiones que determina el Real Decreto 463/2020, es por lo que, vengo en acordar:

1º. La avocación de las competencias de esta Alcaldía, delegadas mediante Decreto 1.199/2019, de 26 de junio, a la Junta de Gobierno Local, que serán ejercidas por esta Alcaldía Presidencia mientras esté vigente el Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas.

2º. Comunicar la presente Resolución a los servicios de este Ayuntamiento, para su conocimiento y efectos, así como a los componentes de la Junta de Gobierno Local a través de sus correos electrónicos.

En Aguilar de la Frontera, 27 de marzo de 2020. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Carmen Flores Jiménez.

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