Boletín nº 70 (14-04-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hinojosa del Duque

Nº. 980/2020

Resolución de la Alcaldía

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en las medidas adoptadas suponen directamente la limitación de la libertad de circulación de las personas, e indirectamente la limitación de concentración de personas, medidas que se han prorrogado hasta el once de abril próximo, modificando el Real Decreto.

El artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que dentro de las competencias del Alcalde puede adoptar en caso de catástrofe o grave riesgo de los ciudadanos las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta al Pleno.

El artículo 25 de la LRBRL establece que el municipio ejercerá competencias en materia de salubridad pública

De conformidad con lo preceptuado en la vigente legislación, resuelvo:

Primero. Suspender la celebración de los Órganos Colegiados del Excmo. Ayuntamiento de esta Ciudad, Plenos, Junta de Gobierno Local y Comisiones Informativas, atendida la suspensión de todos los términos y plazos de todos los procesos administrativos y judiciales que se ha decretado en la actualidad.

Segundo. Si algún acuerdo es de necesaria adopción por razón de la urgencia, se adoptará por Decreto, siempre de acuerdo con la habilitación legal y siempre dando cuenta posteriormente al Pleno cuando se pueda celebrar para su ratificación en su caso.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en artículo 10 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículo 116 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se avocan las competencia delegadas en la Junta de Gobierno Local, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 27 de junio de 2019 (BOP Córdoba número 127, de 5 de julio de 2019), debido a las circunstancias concurrentes y que hacen necesaria la evitación de reuniones de órganos colegiados.

Cuarto. Las medidas dispuestas en la presente resolución estarán vigentes hasta en tanto no pierda vigencia la suspensión acordada mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, sin perjuicio de las prórrogas y de las medidas adicionales que puedan ser acordadas. Además se tendrá en cuenta la posibilidad de celebrar sesiones colegiadas con carácter telemático, siempre que se tengan habilitados los medios oportunos.

Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, página de Transparencia, Tablón de Edictos del Ayuntamiento y dar traslado a los Portavoces de los Grupos Políticos.

Sexto. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Hinojosa del Duque, ante mí, la Secretaria. Fechado y firmado electrónicamente.

Hinojosa del Duque, 1 de abril de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Matías González López. La Secretaria, Carmen López Ruiz.

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