Boletín nº 74 (20-04-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 1.009/2020

Por medio del presente se hace público que por Decreto de Alcaldía 426/2020, de fecha 14 de abril de 2020, se adoptó Resolución referente a la admisión a trámite del Proyecto de Actuación de Interés Público en terreno con el régimen del suelo no urbanizable para la para la construcción de instalaciones industriales hortofrutículas promovido por Sociedad Agrícola Huerta de Cabra, con CIF B87178927, siendo su contenido el siguiente:

Vista la solicitud presentada por Sociedad Agrícola Huerta de Cabra, con CIF B87178927 y examinada la documentación que le acompaña en relación con la aprobación del Proyecto de Actuación de Interés Público en terreno con el régimen del suelo no urbanizable, para la construcción de instalaciones industriales hortofrutículas, en suelo no urbanizable en la finca con referencia catastral 14066A001000620000YB Polígono 1, Parcela 62 y otras, destinadas a manipulación y transformación de granadas (fruta) para su comercialización en fresco siendo necesario clasificarla y envasarla en cajas, es por lo que se desea instalar en unas naves existentes en la finca una Central de Manipulación y Transformación de la fruta y una superficie ampliada mediante un cobertizo para aperos GEX 2518/ 2020.

Visto el sentido favorable de los informes técnico-jurídicos del SAU Alto Guadalquivir recibidos en el Registro de entrada del ayuntamiento el 11 de marzo y el 7 de abril de 2020 y ajustándose a las previsiones del planeamiento municipal y a la legislación que le resulta de aplicación.

Vista la justificación de la utilidad pública y el interés social que realiza el promotor en cuanto que la Central hortofrutícola prevé la creación de dos puestos de trabajo fijos y de 10 a 25 puestos de trabajo eventuales durante 3 meses, por lo que teniendo en cuenta las necesidades de creación de puestos de trabajo en la comarca, esta actividad es de gran interés público; supondrá la generación de pequeñas actividades complementarias, como transporte, suministros industriales, etc,. Que ayudará al desarrollo del Municipio en general. En cuanto a la alternativa de realizar la Central hortofrutícola en otra ubicación se descarta por su repercusión económica pues, aumentarían los costes de transporte. En cuanto a la cubierta del patio tan solo tiene sentido en el mismo patio de la central hortofrutícola, por lo que no da lugar a realizar en otro sitio. Todo ello, es lo que ha motivado la instalación de central hortofrutícola dentro de las instalaciones existentes.

De conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 43.1.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, he resuelto:

Primero. Declarar la utilidad pública e interés social de la actuación fundamentada en el impacto económico y social de la actividad que va a generar la implantación de la misma en esta Localidad.

Segundo. Admitir a trámite el Proyecto de Actuación de Interés Público en terreno con el régimen del suelo no urbanizable, denominado Proyecto de actuación para Proyecto de Actuación para Central Hortofrutícola de Manipulación y Transformación de Granadas, formulado por Sociedad Agrícola Huerta de Cabra, en la finca con referencia catastral 14066A001000620000YB Polígono 1, Parcela 62 y otras, dada la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. Abrir periodo de exposición pública por plazo de veinte días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos Municipal y simultáneamente notificación individualizada a los propietarios de terrenos colindantes con en el ámbito del proyecto.

Cuarto. Remitir el expediente a la Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, a fin de recabar el informe preceptivo que habrá de evacuarse en el plazo de treinta días en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.1.d) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, deberá ser emitido en plazo no superior a treinta días.

Quinto. Tras ello someter el expediente a Resolución motivada del Ayuntamiento Pleno, aprobando o denegando el Proyecto de Actuación con posterior publicación de la resolución municipal en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1,c) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente, en las oficinas municipales, y a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del ayuntamiento www.villadelrio.es e interponer alegaciones en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

La incomparecencia en este trámite no impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento. La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado. No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales.

En Villa del Río, 15 de abril de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Emilio Monterroso Carrillo.

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