Boletín nº 76 (22-04-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 1.002/2020

Por Acuerdo del Pleno de fecha 30 de enero de 2020, se aprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para la Legalización Medioambiental de la Explotación de Vacuno de Leche "Buena Vista", del término municipal de Alcaracejos (Córdoba), a instancia de Moisés Madueño Moreno, lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Visto que, con fecha 10 de noviembre de 2016, a las 10:00 horas, fue presentada por Moisés Madueño Moreno solicitud de aprobación de Proyecto de Actuación para la Legalización Medioambiental de la Explotación de Vacuno de Leche "Buena Vista" del T.M. de Alcaracejos (Córdoba).

Visto que, con fechas 16 de febrero de 2018 y 3 de enero de 2020, los Servicios Técnicos Municipales emitieron informe sobre la concurrencia en la actividad solicitada de los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Visto que, con fecha 23 de marzo de 2017, se emitió Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de esta Corporación en la que se admitió a trámite el Proyecto de Actuación.

Visto que, con fechas 26 de enero de 2018 hasta 27 de febrero de 2018, se sometió a información pública por plazo de veinte días dicho Proyecto de Actuación y se hizo llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto. 

Visto que, se presentaron alegaciones al Proyecto de Actuación y  se emitió informe por los Servicios Técnicos Municipales a cerca de las alegaciones presentadas.

Visto que, con fecha 31 de mayo de 2019, se solicitó informe a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente que fue remitido a este Ayuntamiento con fecha 9 de agosto de 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1.e) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el Pleno a propuesta de la Comisión Informativa de Urbanismo, adopta por unanimidad de los miembros presentes que son nueve de los nueve que lo integran el siguiente Acuerdo

Primero. Desestimar la siguiente alegación presentada por D. Antonio Suárez Alfaro, en relación con el expediente de aprobación del Proyecto de Actuación para la Legalización Medioambiental Explotación Vacuno de Leche Buena Vista, en paraje Los Pajonales, polígono 3, parcelas 10 y 131 del término municipal de Alcaracejos, por los motivos expresados en el Informe del SAU Pedroches AL.27005.16.U51, de fecha 20 de diciembre de 2019, del que se remitirá copia a los interesados junto con la notificación del presente Acuerdo, vista Resolución de la DT de Córdoba del PGSG correspondiente a la explotación de bovino y equino con Código de Explotación ES140030000262. Las Colmenas están vacías.

Segundo. Aprobar el Proyecto de Actuación presentado por D. Moisés Madueño Moreno, necesario y previo a la licencia de obras, para la Legalización Medioambiental Explotación Vacuno de Leche "Buena Vista", en paraje Los Pajonales, polígono 3, parcelas 10 y 131 del término municipal de  Alcaracejos, condicionado a las siguientes limitaciones:

Las establecidas en el PGSG y en el Proyecto de Actuación.

Tercero. La autorización que supone la aprobación del Proyecto de Actuación tendrá una duración de 25 años.

Cuarto. El propietario deberá asegurar la prestación de garantía cuantía mínima del 10% para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos, y la Prestación Compensatoria correspondiente según establece la Ordenanza reguladora de la Prestación Compensatoria.

Quinto. La licencia correspondiente para realizar la actuación de interés público pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del proyecto de actuación.

Sexto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia a efecto de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Séptimo. Notificar el Acuerdo al interesado a los efectos oportunos.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Alcaracejos, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Alcaracejos, 15 de abril de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, José Luis Cabrera Romero.

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