Boletín nº 78 (24-04-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Moriles

Nº. 1.035/2020

Doña Francisca Araceli Carmona Alcántara, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Moriles (Córdoba), hace saber:

Que esta Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución nº 120/2020, de fecha 20 de abril de 2020, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Número de expediente: 177/2020.

Considerando que por esta Alcaldía se solicitó, autorización para agregación de dos fincas registrales.

Considerando que en virtud del artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos administrativo, pueden ser suplidos temporalmente en caso de causa de abstención.

Considerando que existe causa de abstención en virtud artículo 23.2.a) de la citada norma, ya que existe un interés directo por parte de esta Alcaldía.

Considerando que en virtud del artículo 21.3, el alcalde puede delegar sus funciones con las limitaciones que el propio precepto establece.

Considerando que en virtud del artículo 43.5.a) del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Alcalde puede realizar una delegación específica sobre un asunto determinado.

En base a lo anteriormente expuesto y de conformidad con el artículo 43.3 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero. Delegar la competencia específica en favor de la primera teniente de alcalde, Dª Concepción Muñoz Chacón, para la gestión y resolución del expediente n.º 177/2020, relativo a la solicitud realizada por Francisca Araceli Carmona Alcántara respecto de la agregación de dos fincas registrales.

Segundo. Esta delegación se limitará al tiempo de gestión del citado asunto.

Tercero. Notificar la presente Resolución a la Primera Teniente de Alcalde.

Cuarto. Publicar la presente resolución en el BOP de Córdoba y dar cuenta al pleno en la primera sesión que celebre.

Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en Moriles a fecha de firma electrónica. Por la Secretaría-Intervención se toma razón, para su transcripción en el Libro de Resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (artículo 3.2 RD 128/2018, 16 marzo).

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Moriles, a 21 de abril de 2020. Firmado electrónicamente:  La Alcaldesa-Presidenta, Francisca Araceli Carmona Alcántara.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad