Boletín nº 80 (28-04-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Almodóvar del Río

Nº. 1.045/2020

Por medio del presente se hace saber, que esta Alcaldía ha adoptado resolución número 474/2020, de 11 de abril, sobre nombramiento de funcionarios de carrera, y que es del siguiente tenor literal:

Visto el procedimiento administrativo que se está tramitando para la selección, como funcionarios de carrera, de cuatro plazas de Policía Local vacantes en la Plantilla de este Ayuntamiento, conforme a Bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 11, de 17 de enero de 2019.

Vista acta de la sesión celebrada el día 11 de abril de 2020, del Tribunal Calificador de tal proceso de selección, que contiene propuesta de nombramiento como Funcionarios de Carrera para los aspirantes que han superado la fase de oposición y el Curso de Ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

Vista la Base Décima de la convocatoria que ha regido en el proceso selectivo y en virtud de las atribuciones conferidas por la Legislación de Régimen Local Vigente, esta Alcaldía

Ha resuelto

Primero. Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Almodóvar del Río, Escala Básica, Categoría Policía, a:

Orden Prelación

Funcionario

D.N.I.

Rubio de Oliva, Francisco de Borja

**.***.218-G

Gutiérrez Gallego, Alberto

**.***.789-R

López Cañizares, David

**.***.688-B

Ordóñez Fernández, José Antonio

**.***.398-V

La precedente relación de funcionarios está expresada por orden de prelación conforme a las Bases de la Convocatoria, lo que determina el escalafonamiento como funcionario dentro de la Plantilla.

Segundo. Declarar que los funcionarios nombrados han acreditado con anterioridad a este acto el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos en la convocatoria.

Tercero. Conforme a la Base Décima de la convocatoria, los funcionarios de carrera nombrados mediante esta resolución habrán de tomar posesión de su cargo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de este nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para tomar posesión de cargos o funciones públicas.

Cuarto. Notifíquese a los interesados y publíquese en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Almodóvar del Río (físico y electrónico), así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lo que se hace público para su conocimiento y efectos, significando que contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, y en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, se podrá interponer contra la misma Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o lugar de residencia del interesado, a tenor del artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Potestativamente, y en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, se podrá interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, bien entendido que hasta tanto sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, y ello sin perjuicio de la procedencia del Recurso Extraordinario de Revisión, si concurriesen alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125 de la precitada Ley 39/2015, en los plazos que se señalan en dicho artículo, y ante el órgano que dictó la resolución.

Caso de que interponga Recurso de Reposición, se le informa que la Administración dispone del plazo de un mes para resolver el mismo y que contra la desestimación expresa podrá interponer el ya citado Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la resolución del recurso, y que cuando no se produzca resolución expresa en el plazo indicado debe entender desestimado el recurso a los efectos de poder interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en cuyo caso dispondrá del plazo de seis meses a partir del día siguiente a la finalización del plazo que tenía la Administración para resolver el Recurso de Reposición.

Por último, tal y como se dispone en el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

Almodóvar del Río, a 23 de abril de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde en funciones, Ramón Hernández Lucena.

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