Boletín nº 81 (29-04-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.042/2020

Mediante Resolución de la Presidencia de esta Corporación de fecha 21 de abril de 2020, insertada en el correspondiente libro con número 2020/00002054, se ha dictado lo que sigue:

En el Boletín Oficial de la Provincia n.º 20, de 30 de enero de 2019, rectificación en el de 25 de febrero de 2019, se publicaron las Bases de la convocatoria para la provisión con carácter definitivo de diversos puestos vacantes en la Diputación Provincial de Córdoba, mediante el sistema de concurso general de méritos.

Vista la propuesta definitiva de adjudicación por la correspondiente Comisión de Valoración, de fecha 27 de enero pasado, publicada en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica con fecha 28 del mismo mes.

Visto asimismo el informe del Servicio de Recursos Humanos, de fecha 8 de abril, acreditada la observancia de las normas reglamentarias, de las Bases de la convocatoria, así como del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos, con arreglo al procedimiento establecido y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

He resuelto

Primero. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria en los términos que se expresan en el Anexo a la presente.

El plazo para tomar posesión será de tres días si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. El plazo se computa a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Podrá diferirse la fecha de cese de conformidad con lo dispuesto en la Base 9 de las que rigen la convocatoria.

La renuncia a los destinos obtenidos en el concurso no tendrá efecto, salvo que concurra alguno de los supuestos contemplados en el primer párrafo de la Base 8.

Los destinos adjudicados tienen carácter voluntario, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.

El personal que haya obtenido puesto de trabajo a través del presente concurso no podrá participar en otra convocatoria de provisión de puestos mediante el sistema de concurso hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión en el mismo, salvo en los supuestos de remoción o de supresión del puesto de trabajo de destino definitivo.

Segundo. Declarar desiertos los puestos con los códigos 67, 292, 771 y 322, relativos al de Auxiliar Técnico Oficina Provincial Atención Ciudadanía, Jefatura Negociado Admón. Patrimonio, Jefatura Negociado Administración Ingeniería Civil y Coordinador/a Programas Desarrollo.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provncia, sirviendo de notificación a los/as interesados/as.

La presente resolución que pone fin a la via administrativa, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá ser recurrida potestativamente ante esta Presidencia, mediante la interposición del Recurso de Reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el B.O.P. o ser impugnada directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, con arreglo al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente. No se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de acuerdo con lo previsto en el art. 123.2 de la citada ley 39/2915, de 1 de octubre.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba a 22 de 2020. Firmado electrónicamente: El Presidente, P.D. El Diputado Delegado de RR.HH., Esteban Morales Sánchez.

ANEXO

ADJUDICATARIOS/AS CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS

(BOP n.º 20, de 30 de enero de 2019, rectificacion en el de 25 de febrero 2019)

Código

Puesto

C.C.

Denominación

N.

CD

Nombre y apellidos adjudicatario/a

83

Servicio Jurídico

Técnico Auxiliar Lexnet

1

20

Dª. Mª. Pilar Escribano Zafra

375

Servicio de RR.HH.

Oficial Administrativo Selección y Reclutamiento

1

18

D. José Carlos Posadas López

374

Servicio Recursos Humanos

Técnico/a Auxiliar Formación Online

1

18

Dª. Mª. Carmen Chacón Lao

746

Planific. Obras y Serv. Mpales.

Jefatura de Grupo Expropiaciones y Valoraciones

1

16

Dª. Mª. Dolores Villar Rodriguez

323

Desarrollo Económico

Jefatura de Grupo Desarrollo Económico Administrativo

1

16

D. David de Ruz Fernández

682

Servicio Arquitectura y Urbanismo

Jefatura de Grupo SAU Central

1

16

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