Boletín nº 82 (30-04-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 1.003/2020

Por Acuerdo del Pleno de fecha 30 de enero de 2020, se aprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para implantación de núcleo porcino en las parcelas 23, 24 y 60 del polígono 14, T.M. de Alcaracejos, a instancia de UBE CRIANZA IBÉRICA, S.L., lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Visto que, con fecha 9 de enero de 2019, 18:14, fue presentada por UBE CRIANZA IBÉRICA S.L. solicitud de aprobación de Proyecto de Actuación para implantación de núcleo porcino en las parcelas 23, 24 y 60 del poligono 14, T.M. de Alcaracejos, a instancia de UBE CRIANZA IBÉRICA, S.L.

Visto que los Servicios Técnicos Municipales emitieron informe sobre la concurrencia en la actividad solicitada de los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Visto que el 23 de enero de 2019 se adoptó acuerdo por la Junta de Gobierno en el que se admitió a trámite el Proyecto de Actuación.

Visto que se sometió a información pública por plazo de veinte días dicho Proyecto de Actuación y se hizo llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto.

Visto que se solicitó informe a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente que fue remitido a este Ayuntamiento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1.e) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el Pleno a propuesta de la Comisión Informativa de Urbanismo, adopta por unanimidad de los miembros presentes que son nueve de los nueve que lo integran el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación, necesario y previo a la licencia de obras, para implantación de núcleo porcino en las parcelas 23, 24 y 60 del polígono 14, T.M. de Alcaracejos, a instancia de UBE CRIANZA IBÉRICA, S.L.

Segundo. La autorización que supone la aprobación del Proyecto de Actuación tendrá una duración de 40 años.

Tercero. El propietario deberá asegurar la prestación de garantía por importe del 10% para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos y la prestación compensatoria que asciende 49.500,00 €.

Cuarto. La licencia correspondiente para realizar la actuación de interés público pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del proyecto de actuación.

Quinto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia a efecto de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Sexto. Notificar el Acuerdo al interesado a los efectos oportunos.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente Recurso de Reposición Potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Alcaracejos, 15 de abril de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Luis Cabrera Romero.

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