Boletín nº 85 (06-05-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 1.074/2020

Por Decreto de esta Alcaldía de fecha 18 de diciembre de 2019, dispuse la aprobación de la convocatoria y las bases que han de regir el procedimiento selectivo convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena, para la provisión de una plaza de Subinspector de la Policía Local, que han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 3, de 7 de enero de 2020, habiéndose publicado asimismo un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 47, de 10 de marzo siguiente, y la propia convocatoria en el Boletín Oficial del Estado número 73, de 18 del mismo mes de marzo.

Con posterioridad a las referidas publicaciones, se ha detectado el siguiente error material en las bases de dicho proceso selectivo:

-En la base 3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES y en su apartado a) se establece el de haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría de Policía, estando en servicio activo en el Ayuntamiento de Lucena, computándose a estos efectos, en su caso, el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo, lo que contraviene lo dispuesto para el sistema de acceso de promoción interna en los artículos 44, en relación con el 18, de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Andalucía, y 20 y 21 del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, a tenor de los cuales el sistema de acceso de promoción interna consiste en el acceso a una determinada categoría desde la inmediatamente inferior, debiendo ser ésta, cuando del acceso a la categoría de Subinspector se trata, la de Oficial y no la de Policía como erróneamente se indica en la aludida base 3 de las del proceso selectivo de referencia.

Advertido dicho error en las bases del procedimiento de referencia, al amparo del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, y en uso de la facultad que a esta Alcaldía le confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con fecha 21 de abril de 2020 he dictado Decreto en el que se dispone lo siguiente:

PRIMERO. Modificar el apartado a) de la base 3 de las aprobadas por mi Decreto de 18/12/2019, para regir el procedimiento selectivo de referencia, el cual queda redactado como sigue: Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría de Oficial, estando en servicio activo en el Ayuntamiento de Lucena, computándose a estos efectos, en su caso, el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.

SEGUNDO. La publicación de esta modificación en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento (https://www.aytolucena.es), en su apartado Procesos de Selección, y en los Boletines Oficiales de la Provincia, de la Junta de Andalucía y del Estado, a los efectos del inicio de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo cual se tendrá por presentada cualquier solicitud que lo haya sido tras la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE nº 73, del día 18 de marzo de 2020.

TERCERO. Dar cuenta de esta resolución a la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario de este Ayuntamiento, para su conocimiento habida cuenta que las bases objeto de modificación lo fueron también en su día negociación en el ámbito de la propia Mesa.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Lucena, 28 de abril de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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