Boletín nº 93 (18-05-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montemayor

Nº. 1.140/2020

El Sr. Alcalde con fecha 12 de marzo adoptó acuerdo de aprobación de Bases reguladoras del Plan Especial de Empleo del Ayuntamiento de Montemayor para personas en posible riesgo de exclusión social, con fecha 13 de marzo ante la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 se acordó la suspensión de las convocatorias de selección y contratación de personal, tanto temporal laboral como funcionario, con el fin de evitar desplazamientos y gestiones fuera del domicilio para su solicitud (SAE, entidades bancarias.. etc.). La evolución de la crisis sanitaria unida a la evolución de la crisis económica han devenido en el decreto de fecha 11 de mayo de 2020, por el que por la Alcaldía de Montemayor acuerda la continuación de la convocatoria del Plan Especial de Empleo del Ayuntamiento de Montemayor para personas en posible riesgo de exclusión social. Si bien para garantizar la seguridad de los solicitantes y del propio personal del Ayuntamiento, será necesaria la cita previa para la tramitación y se habilitará un trámite electrónico al efecto de la solicitud de los interesados. Así se acordó abrir convocatoria para dicho programa y dar publicidad del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en la sede electrónica, tablón de edictos del Ayuntamiento de Montemayor (https://www.montemayor.es)

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN ESPECIAL DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEMAYOR PARA PERSONAS EN POSIBLE RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL.

Primera. Objeto de la convocatoria y legislación aplicable

El Ayuntamiento de Montemayor, consciente de la difícil situación de desempleo en la que se ven inmersas numerosas familias de nuestro municipio, que pueden encontrarse en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, viene a establecer la adopción de medidas al objeto de atender las necesidades más urgentes y excepcionales causadas por los efectos negativos que la actual crisis económica está provocando en Montemayor, a fin de paliar en lo posible la exclusión social.

Por medio de este Plan Especial de Empleo se pretende realizar contrataciones temporales en trabajos no cualificados, al objeto de contar con una relación de personas interesadas en su posible contratación laboral por este consistorio.

La presente convocatoria se realiza en función de lo establecido en el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2020, que declara la excepcionalidad de estas contrataciones, a realizar hasta el 31 de diciembre de 2020.

En caso de no cubrir el número de contrataciones en los grupos comprendidos por edades, se asignarán al grupo con mayor demanda hasta completar el total de contrataciones.

Una vez analizado el informe de paro registrado en Montemayor por grupos de edad, según Informe Argos del SAE, se reservan un número de contrataciones para cada uno de los 3 grupos de solicitantes en la distribución de los 40 contratos a realizar:

Grupo 1: solicitantes entre los 16 y los 29 años: 9 máximo contrataciones.

Grupo 2: solicitantes entre los 30 y los 45 años: 20 máximo contrataciones.

Grupo 3: solicitantes de 46 años en adelante: 7 máximo contrataciones.

Del total de contrataciones, se establece un cupo de reserva del 10% de los contratos a personas con discapacidad igual o superior al 33%, es decir 4 contrataciones que de no cubrirse se asignarán al grupo con mayor demanda hasta completar el total de contrataciones.

Las tareas se realizarán en base a las necesidades del Ayuntamiento de Montemayor, estableciéndose preferentemente tareas de mantenimiento y limpieza, con la categoría profesional de peón limpiador, con aplicación del convenio del personal laboral del Ayuntamiento de Montemayor, con contratos de 1 mes a tiempo parcial de 6 horas.

El proceso se desarrolla de acuerdo con los principios de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, mérito, capacidad, transparencia y publicidad, sin perjuicio de la obligatoriedad del cumplimiento de las labores que se encomienden a cada trabajador o trabajadora.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Los/as aspirantes en el momento de presentación de solicitudes deberán reunir los siguientes requisitos:

1) Ser español/a o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores/as conforme al Tratado de la UE o a otros Tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por normal legal.

2) Haber cumplido los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

3) No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas que impidan el normal desempeño de las tareas propias de trabajos no cualificados.

4) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que le impida en su Estado, en los mismos términos expresados anteriormente, el acceso al empleo público.

5) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad para prestar sus servicios en el Ayuntamiento de Montemayor.

Tercera. Solicitudes

Las instancias, solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Montemayor, y se presentarán preferiblemente en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, o bien en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las presentadas en las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas en dicho organismo antes de ser certificadas. Quienes no presenten la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento deberán comunicarlo a través del correo electrónico siguiente: ayuntamiento@montemayor.es antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, anunciando la fecha y el medio de envío utilizado para la remisión de la solicitud, con el fin de que, terminado el plazo de presentación de instancias, sin haberla recibido, se posponga la elaboración de la relación de admitidos/as y excluidos/as provisional hasta recibir la documentación remitida por el el/la aspirante.

Los requisitos deberán reunirse en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Las instancias se presentarán conforme al anexo I, manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

Todos los méritos relacionados por los aspirantes deberán estar suficientemente acreditados documentalmente para que el Tribunal de Selección pueda realizar las oportunas comprobaciones. Los méritos alegados que no estén suficientemente acreditados por el aspirante no se tendrán en cuenta.

La solicitud se acompañará de la documentación que se establece en las presentes bases.

Las solicitudes irán acompañadas obligatoriamente de:

-Fotocopia del DNI o documento equivalente.

En su caso, además:

-Fotocopia del Libro de Familia (hoja del matrimonio e hijos/as si los hubiera) o fotocopia certificado Registro de parejas de hecho.

-Informe del SAE de situación actual y períodos de Inscripción comprensiva de los 24 meses anteriores a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

-Informe de vida laboral actualizado a la fecha de la publicación de las presentes bases en el Boletín oficial de la Provincia de Córdoba.

-Fotocopia de la Declaración del IRPF del último ejercicio 2018, de todos los miembros de la unidad familiar con obligación de presentarla. Aquellos solicitantes o miembros de la unidad familiar mayores de 18 años que no hayan presentado la citada declaración, o aquellos que habiéndola presentado no perciban ingresos, deberán aportar Certificado de la Agencia Tributaria de NO obligatoriedad de su presentación

-Certificado de empadronamiento (pudiendo autorizar a los servicios municipales a que lo incorporen al expediente).

-Fotocopia de la resolución o tarjeta acreditativa del grado de discapacidad del solicitante o de cualquier miembro de la unidad familiar, en vigor (grado superior o igual al 33%).

-Informe bancario del préstamo hipotecario que grava la vivienda habitual de la unidad familiar, con indicación del titular del mismo.

-Fotocopia de resolución judicial que acredite la situación de desahucio de la vivienda habitual.

-Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género: sentencia firme, orden de alejamiento en vigor, certificado IAM.

La aportación parcial o la no aportación del resto de documentación para valorar los méritos supondrá la puntuación cero (0) en los apartados a los que se refiera.

A los efectos de las presentes Bases se entiende como año de referencia el último cuyo plazo de presentación de la declaración de IRPF h

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