Boletín nº 107 (08-06-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de El Viso
Nº. 1.283/2020
Expediente nº: 383/2019.
Anuncio sobre Aprobación de Proyecto de Actuación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Procedimiento: Licencias Urbanísticas.
Asunto: PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA NAVE DE GANADO EQUINO EN EL POLÍGONO 51, PARCELAS 8, 9 Y 10, Y EN EL POLÍGONO 66 LAS PARCELAS 204, 205 Y 206, SOLICITADO POR DON JOSÉ RAMÓN PUERTO RUIZ.
Fecha de Iniciación: 10 de diciembre de 2019.
ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
Por Acuerdo de Pleno Extraordinario y Urgente de fecha veintiséis de mayo de dos mil veinte, se aprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para Nave de Ganado Equino en el Polígono 51, Parcelas 8, 9 y 10 y Polígono 66, Parcelas 204, 205 y 206 del Término Municipal de El Viso (Córdoba) a instancias de don José Ramón Puerto Ruiz, con NIF nº 52.095.990R, lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En El Viso, a 28 de mayo de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Díaz Caballero.