Boletín nº 107 (08-06-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 1.291/2020

Esta Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución 2020/00000194 dictada el día 27 de mayo de 2020, ha resuelto convocar las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, denominadas Auxiliar Administrativo, correspondientes al grupo C, subgrupo C2 de los regulados en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como aprobar las correspondientes Bases reguladoras que a continuación se transcriben de forma íntegra:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE DOÑA MENCÍA (CÓRDOBA).

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión como funcionarios/as de carrera, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de dos plazas vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba), pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, denominadas Auxiliar Administrativo, correspondientes al grupo C, subgrupo C2, de los regulados en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de conformidad con la Resolución de la Alcaldía número 2020/00000194, de 27 de mayo.

La convocatoria se realiza en desarrollo de la Oferta de Empleo Público de la Entidad del ejercicio de 2019, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión ordinaria que tuvo lugar el día 24 de julio de 2019, y luego objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 153/2019, de 12 de agosto, y su Ampliación, aprobada por el mismo órgano en sesión ordinaria del día 12 de diciembre de 2019, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 241/2019, de 20 de diciembre.

1.2. Las retribuciones de las plazas convocadas serán las correspondientes al grupo y subgrupo de clasificación así como las previstas para las mismas en el Presupuesto del Ayuntamiento.

1.3. Las funciones de las plazas cuya cobertura se regula mediante las presentes Bases serán las exigidas para estos puestos por la normativa de aplicación.

1.4. El sistema y procedimiento de selección son el turno libre y la oposición.

2. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir, antes de que finalice el plazo para la presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento, los siguientes requisitos:

1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de las plazas convocadas.

3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala del funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que se hubiese sido objeto de separación o inhabilitación. En el caso de que la persona aspirante sea nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en la que finalice el plazo para presentar las instancias, de la titulación de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, o cualquier titulación equivalente a la misma. En su caso la equivalencia deberá ser justificada y acreditada por el/la aspirante de acuerdo con la normativa en vigor.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación al título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

6. No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa en vigor.

3. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas habrán de presentar instancia-solicitud, para lo que como Anexo II a estas Bases y con carácter orientativo se adjunta modelo, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Doña Mencía, en la que manifiesten reunir todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Base número 2.

3.2. La instancia solicitando participar en el proceso selectivo se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La solicitud deberá ir acompañada de:

-Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

-Fotocopia del título académico. En caso de presentación de una titulación equivalente a la exigida, se habrá de citar la disposición legal en la que se reconozca la equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

-A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 25 euros, cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, en cualquiera de las cuentas de titularidad municipal en las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento que se detallan a continuación o remitida por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre de la persona aspirante, aunque sea impuesto por otra distinta.

Cuentas del Ayuntamiento en entidades bancarias para el abono de los derechos de examen:

ENTIDAD

CUENTA

CAJASUR BANCO S.A.U.

ES07 0237 0023 7091 51177028

BANCO SANTANDER S.A.

ES58 0030 4021 3203 75101273

3.3. Los errores de hecho que se adviertan en las solicitudes podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio, o a petición de las personas interesadas.

4. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en su página web, se señalará un plazo de diez días hábiles para la subsanación.

4.2. Finalizado el plazo de subsanaciones, también mediante resolución de la Alcaldía se procederá a la aprobación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en su página web.

En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio del proceso selectivo, así como la designación de quienes compondrán el Tribunal.

4.3. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en su página web.

5. TRIBUNAL CALIFICADOR

5.1. El Tribunal calificador estará constituido por un/a Presidente/a, cuatro Vocales y un/a Secretario/a.

Presidente/a: A designar por la persona titular de la Alcaldía.

Vocales: Cu

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