Boletín nº 109 (10-06-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.474/2020

Convocatoria abierta para 2020 de la Línea 2 de Apoyo a la Consolidación, el Crecimiento y la Mejora de Empresas del Programa de Incentivos para el apoyo al Emprendimiento y la Consolidación de Empresas en Priego de Córdoba.

BDNS (Identif.) 509384

EXTRACTO CONVOCATORIA ABIERTA PARA 2020 DE LA LÍNEA 2 DE APOYO A LA CONSOLIDACIÓN, EL CRECIMIENTO Y LA MEJORA DE LAS EMPRESAS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA EL APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y LA CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS EN PRIEGO DE CÓRDOBA.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Convocatoria y Bases reguladoras.

Se efectúa convocatoria para la concesión de las ayudas establecidas en la Línea 2 de Apoyo a la Consolidación, el Crecimiento y la Mejora de la Empresas del Programa de Incentivos para el Apoyo al Emprendimiento y la Consolidación de Empresas en Priego de Córdoba para el ejercicio de 2020:

La concesión de estas ayudas se efectuará a solicitud de interesado, en atención a la concurrencia de las condiciones y requisitos establecidos en esta convocatoria y estará limitada a las disposiciones presupuestarias.

Los anexos a cumplimentar y presentar con la solicitud se encuentran disponibles en la web:

www.aytopriegodecordoba.es, así como en el Departamento de Desarrollo y Oficina de Información del Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 14, de 22 de enero de 2019.

Al tratarse de una Convocatoria Abierta, se establecen dos procedimientos reflejados en los ANEXOS A y B, según lo siguiente:

Importe.

El importe total a destinar para la presente convocatoria será de 35.000 €.

Primer procedimiento (ANEXO A): el importe a destinar será 10.000 €.

Segundo procedimiento(ANEXO B): el importe a destinar será 25,000 €.

Con carácter general, podrá ascender hasta un máximo del 80% de los gastos realizados por la empresa (IVA excluido) en los conceptos subvencionables establecidos, que estarán sujetos a la naturaleza de la partida presupuestaria que se establezca para esta convocatoria.

PRIMER PROCEDIMIENTO (ANEXO A) : Importe máximo de 1.000,00 €.

SEGUNDO PROCEDIMIENTO (ANEXO B): Importe máximo de 500,00 €.

ANEXO A. PRIMER PROCEDIMIENTO LÍNEA 2. CONSOLIDACIÓN, CRECIMIENTO Y MEJORA DE LAS EMPRESAS

Empresas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias las microempresas y pequeñas empresas, que a la fecha de solicitud de la ayuda lleven formalmente constituidas un mínimo de 24 meses ininterrumpidos bien como persona física (empresario/a individual autónomo, comunidad de bienes o sociedad civil) o jurídica, y que su domicilio fiscal y su actividad este localizada en el municipio de Priego de Córdoba y hayan llevado a cabo acciones para la consolidación, ampliación o mejora de sus empresas desde el día 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

Finalidad.

El objetivo de esta línea es el apoyo a las pequeñas y medianas empresas existentes en Priego de Córdoba que hacen un esfuerzo por la consolidación y el crecimiento sostenido, contribuyendo al crecimiento económico de la localidad y a la creación de empleo. Así como apoyar a todas aquellas empresas de la localidad de Priego de Córdoba que apuesten por la modernización de sus centros de trabajo, con el objeto de aumentar su productividad y competitividad en el mercado, mediante la financiación de los siguientes gastos:

Se considerarán subvencionables los siguientes conceptos (inversiones):

La creación de un nuevo centro de trabajo en Priego de Córdoba o ampliación física del ya existente, siendo gastos subvencionables los relacionados con:

-Adquisición de equipos para procesos de información, adquisición de mobiliario y maquinaria.

-Obras y reformas de locales.

-Diseño de Página web corporativa.

-Plazo de presentación de solicitudes.

Se establece un plazo para la presentación de solicitudes desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la finalización del Estado de Alarma.

ANEXO B. SEGUNDO PROCEDIMIENTO LÍNEA 2. INSTALACIÓN DE MAMPARAS Y/O ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

Empresas beneficiarias.

Las microempresas y pequeñas empresas, bien como persona física (empresario/a individual autónomo, comunidad de bienes o sociedad civil) o jurídica, y que su domicilio fiscal y su actividad este localizada en el municipio de Priego de Córdoba, que se vean obligadas con motivo del COVID-19 a la adquisición e instalación de mamparas y/o elementos protectores y/o de otro tipo en establecimientos comerciales y hosteleros, desde la fecha de declaración del estado de alarma hasta el 30 de septiembre de 2020. Así mismo y por este mismo motivo se elimina la restricción de que las empresas lleven constituidas 24 meses en caso de tener que hacer esta adaptación.

Finalidad.

El objeto de este segundo procedimiento es ayudar a las empresas que con motivo de la pandemia generada a causa del Covid 19, tienen la necesidad de adquisición e instalación de elementos de protección para trabajadores y usuarios en sus establecimientos o elementos de cualquier otro tipo que puedan ser exigidos por la normativa que se dicte,mediante la financiación de los siguientes gastos:

Se considerarán subvencionables los siguientes conceptos (inversiones): adquisición e instalación de mamparas y/o elementos protectores y/o de otro tipo que puedan ser exigidos por la normativa que se dicte en establecimientos comerciales y hosteleros que con motivo del COVID-19 se vean obligados a su implantación.

Plazo de presentación de solicitudes.

Se establece un plazo para la presentación de solicitudes desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta hasta el 30 de septiembre de 2020.

Priego de Córdoba, 6 de junio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Mª Luisa Ceballos Casas.

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