Boletín nº 110 (11-06-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montemayor

Nº. 1.434/2020

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Montemayor por el que se convalida el expediente de modificación de créditos nº 10/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario, de cuyo tenor literal se acuerda: Convalidar la Resolución de Alcaldía número 317 de fecha 20 de mayo de 2020 por la que se aprobó el crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para la aplicación del superávit presupuestario, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, por un importe de 30.000 €, y realizar anuncio a los efectos del artículo 20.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Con el siguiente resumen:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Modificaciones

de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

231

48001

Ayudas a personas y familias en situación de riesgo

0

30.000

30.000

Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Aplicación: económica

Descripción

Euros

87000

Superávit para gastos generales

30.000

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Montemayor, 4 de junio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio García López.

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