Boletín nº 111 (12-06-2020)

VIII. Otras Entidades

Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen "Montilla-Moriles" y "Vinagre de Montilla-Moriles"

Nº. 1.467/2020

ACUERDO DEL CONSEJO REGULADOR DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN MONTILLA-MORILES Y VINAGRE DE MONTILLA-MORILES POR LA QUE CONVOCA ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LAS VOCALÍAS DEL CONSEJO REGULADOR.

Preámbulo

De acuerdo a lo dispuesto en los arts. 4 del Decreto 17/2016 de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de Andalucía (Real Decreto 17/2016) y 13.2.p) y 14 de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía, corresponden a los Consejos Reguladores la organización y convocatoria de sus procesos electorales para la renovación de las vocalías de sus Plenos.

Por lo que el Pleno del Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Montilla-Moriles y Vinagre de Montilla-Moriles, reunido en sesión extraordinaria, de manera virtual, a las 10:30 horas del día 16 de marzo de 2020, adoptó el acuerdo de iniciar los trámites para dicha renovación.

El proceso electoral no se inició, al no haberse publicado, en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), el acuerdo de convocatoria, en cumplimiento del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Debido a que, con efectos de 1 de junio de 2020, el Real Decreto 537/2020 de 22 de mayo, levanta la suspensión de los plazos, se procede a la reanudación del proceso electoral, a cuyo efecto:

1. Convocatoria de Elecciones

Se convocan elecciones para la renovación de las Vocalías del Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Montilla-Moriles y Vinagre de Montilla-Moriles, de acuerdo a lo establecido en el art. 7.3 del su Reglamento de Funcionamiento, para el próximo viernes 7 de septiembre de 2020, lunes, en horario de 10:00 a 15:00 horas, en la sede de este Consejo Regulador, sito en Avda José Delgado Padillo s/n de Montilla.

El proceso electoral se regirá por las normas que le son de aplicación y por las siguientes reglas particulares contenidas en el presente Acuerdo.

2. Calendario electoral

El proceso electoral se inicia con la publicación en el BOP del presente Acuerdo, ajustándose el calendario electoral a los plazos establecidos en el Decreto 17/2016.

En el Anexo nº1 se detalla el calendario electoral.

3. Personas electoras

Tendrán la consideración de personas electoras las que figuren inscritas y con actividad en los registros de las Denominaciones de Origen y estén al corriente en el pago de las cuotas y servicios al Consejo Regulador a la fecha del presente Acuerdo.

Del 15 al 26 de junio, ambos inclusive, quedarán expuestas las listas electorales provisionales en el Tablón de Anuncios de la Sede del Consejo Regulador, en el de los Ayuntamientos de la Zona de la Denominación y en los de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sontenible, respetando la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPD-GDD), pudiendo los electores presentar reclamaciones a las listas en los plazos previstos en el citado Decreto 17/2016, en la sede del Consejo Regulador.

Cada persona electora podrá ejercer el derecho al voto en cada uno de los censos en los que figure inscrita, pudiendo ejercer el derecho a un número de votos proporcionales al volumen de actividad de acuerdo al art. 7.2 del Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador.

4. Junta Electoral de las Denominaciones de Origen Montilla-Moriles y Vinagre de Montilla-Moriles

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 17/2016, se constituirá una Junta Electoral de las Denominaciones de Origen, la cual tendrá su sede en el Consejo Regulador. En la misma, los interesados en formar parte de sus vocalías deberán presentar, del 16 al 25 de junio de 2020, su solicitud. La constitución se realizará entre el 26 y el 30 de junio de 2020.

5. Candidaturas

Las personas elegibles podrán presentar, en la sede del Consejo, su candidatura a los censos en los cuatro días hábiles tras la proclamación de listas electorales definitivas. Esto es, entre el 23 al 28 de julio de 2020, según los requisitos establecidos en el Decreto 17/2016, y contra las mismas se podrán presentar reclamaciones en los plazos previstos en su art. 18.

De acuerdo a lo establecido en el art. 7 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo, se podrán presentar candidaturas a los siguientes censos:

- CENSO A.1 Personas viticultoras titulares de viñedos inscritos en el Registro de Viñas a que se refiere el art. 15.1.a), que, a su vez, sean socias de entidades asociativas agrarias.

- CENSO A.2 Personas viticultoras titulares de viñedos inscritos en el Registro de Viñas a que se refiere el art. 15.1.a), que no sean socias de entidades asociativas agrarias.

- CENSO B Personas inscritas en los Registros a que se refieren los apartados b) a i) del art. 15.1.

El número de vocalías y las condiciones especiales de las mismas se establecen en el art.7 del citado Reglamento.

6. Votación

Habrá una sola mesa electoral que se constituirá en la sede del Consejo Regulador, el día 7 de septiembre de 2020, en horario de 10:00 a 15:00 horas. Los modelos de urnas y cabinas serán los mismos que determina la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, al igual que los sobres y papeletas que se adaptarán a los requisitos establecidos en el Decreto 17/2016 y se diseñarán de manera que permitan compatibilizar el principio de secreto con el ejercicio del número de votos correspondientes a las hectáreas inscritas o al volumen de producto protegido expedido por cada persona electora.

El secretario de la Junta Electoral certificará el número de votos adicionales en función del volumen de la actividad que podrá ejercitar cada persona electora.

7. Pleno de constitución

Concluido el proceso electoral o, en su caso, acordada la candidatura única y una vez proclamadas las vocalías electas, se celebrará sesión de Pleno para la constitución del nuevo Consejo Regulador el martes 28 de septiembre de 2020. En esta misma sesión, el Consejo en Pleno procederá a la elección y propuesta de las personas que vayan a ocupar la Presidencia y la Vicepresidencia, lo que será comunicado a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sontenible.

No obstante y para el supuesto en el que no haya necesidad de realizar la votación, porque haya sido proclamada una candidatura única para todos y cada uno de los censos y subcensos, se constituirá el Pleno del Consejo Regulador el día 3 de septiembre de 2020.

8. Notificación

Las notificaciones que hayan de realizarse como consecuencia del proceso electoral se realizarán mediante publicación en el tablón de anuncios del Consejo Regulador, en el de los Ayuntamientos de la zona y en el de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sontenible.

De los presentes acuerdos se dará traslado inmediato a dicha Consejería, dándosele publicidad mediante la publicación de los mismos en el tablón del Consejo Regulador, así como en el BOP.

Montilla, 12 de junio de 2020. El Consejo Regulador, VºBº Fdo: El Presidente. Fdo: El Secretario.

ANEXO Nº1:

CALENDARIO ELECTORAL

ACUERDO CONVOCATORIA (artículo 4 Decreto 17/2016)

- Publicación en B.O.P. el 12 de junio de 2020

LISTAS ELECTORALES (artículo 10 Decreto 17/2016)

- Publicación Listas Electorales del 15 al 26 de junio de 2020

- Reclamación ante JEDO del día del 15 de junio al 01 de julio de 2020

- Resolución JEDO del 01 al 07 de julio de 2020

- Reclamación ante JET del 8 al 14 de julio de 2020

- Resolución JET del 15 al 21 de julio de 2020

- Proclamación listas Electorales definitivas 22 de julio de 2020

- Exposición de listas electorales definitivas del 22 al 24 de julio de 2020

JUNTA ELECTORAL D.O. (artículo 15 Decreto 17/2016)

- Presentación de solicitudes del 16 al 25 de junio de 2020

- Designación de vocalías a JEDO del 26 al 30 de junio de 2020

CANDIDATURAS (artículos 17 y 18 Decreto 17/2016)

- Presentación de Candidaturas del 23 al 28 de julio de 2020

- Requerimiento subsanación 29 y 30 de julio de 2020

- Subsanación 31 y 03 de agosto de 2020

- Proclamación Candidaturas del 04 al 05 de agosto de 2020

- Reclamación ante JEDO del 7 al 11 de agosto de 2020

- Resolución JEDO del 12 al 13 de agosto de 2020

- Presentación reclamación ante JET del 14 al 20 de agosto de 2020

- Resolución JET del 21 al 25 de agosto de 2020

PROCLAMACION DE CANDIDATURA UNICA (artículo 18 Decreto 17/2016)

- Proclamación vocales en candidatura única 26 de agosto de 2020

- PLE

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