Boletín nº 113 (16-06-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.597/2020

Con fecha 12 de junio de 2020, el Ilmo. Sr. Presidente ha dictado el siguiente:

"DECRETO

A consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, se dictó por el Gobierno el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada; en desarrollo del mismo, por esta Presidencia se dictó Decreto 2020/1444, de 16 de marzo, en el que se resolvió, entre otras cuestiones:

"NOVENO. En materia de Contratación se adoptan las siguientes medidas:

a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, la Presidencia avoca el conocimiento de asuntos que caen dentro de la competencia delegada en materia de contratación en la Junta de Gobierno Provincial debido a las circunstancias concurrentes y que hacen necesaria la evitación de reuniones de órganos colegiados."

El artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, establece lo siguiente:

"Artículo 10. Avocación.

1. Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

En los supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes jerárquicamente, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano delegante."

Por el presente RESUELVO:

PRIMERO. Dejar sin efecto el apartado NOVENO a), antes trascrito, del Decreto 2020/1444, de 16 de marzo, y con ello, la avocación del conocimiento de asuntos a que el mismo se refiere, que serán sometidos a la competencia de la Junta de Gobierno Provincial, según Decreto de delegación de competencias 2019/3870, de 9 de julio de 2019, del que se dió cuenta al Pleno en sesión celebrada el día 10 del mismo mes y año.

SEGUNDO. Dar cuenta del presente al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

TERCERO. Ordenar la publicación de este Decreto en el BOP."

EL SECRETARIO GENERAL

Córdoba, 15 de junio de 2020. Firmado electrónicamente por el Secretario General, Jesús Cobos Climent.

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