Boletín nº 114 (17-06-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva del Rey

Nº. 1.585/2020

Mediante Resolución de fecha 12 de junio, insertada en el correspondiente Libro con el número 105/2019, he dictado lo que sigue:

"Resultando que por esta Alcaldía, mediante Providencia de fecha 12 de junio de 2020, se ha ordenado la incoación de expediente para la selección, mediante concurso, de personal laboral temporal que a continuación se relaciona:

-3 Peón Podador siendo la duración del contrato de un mes a jornada completa.

-10 Peones barrenderos siendo la duración del contrato de un mes a jornada completa.

-3 Auxiliares de refuerzo al servicio de Ayuda a Domicilio: se contratarán a jornada completa siendo la duración de cada contrato de dos meses.

-2 Oficiales de 1ª Albañil y 3 Peones de Obra Pública para la ejecución de la obra 1ª Fase Pavimentación Calle Maestro Fernando Ramírez, estarán contratados hasta la finalización de la obra.

-1 Graduado en Trabajo Social siendo la duración del contrato de 6 meses a jornada completa.

-1 Auxiliar de Inclusión Social siendo la duración del contrato de 4 meses a jornada completa.

-1 Graduado para las actividades de estimulación cognitiva de mayores siendo la duración del contrato de 3 meses.

De conformidad con el Informe emitido por Secretaría-Intervención de fecha 12 de junio de 2020 y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en concreto, los artículos 21.1.g) y 102.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por el presente

HE RESUELTO:

PRIMERO. Aprobar las siguientes Bases que han de regir la formación de una bolsa de trabajo para la provisión mediante el sistema de concurso, de los puestos de trabajo de personal laboral temporal arriba referenciados:

"BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO, DE DIVERSOS PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Se convoca proceso selectivo para casos excepcionales y para cubrir por necesidades urgentes e inaplazables mediante el sistema de concurso, los siguientes puestos de trabajo al Servicio del Ayuntamiento de Villanueva del Rey:

-3 Peón Podador siendo la duración del contrato de un mes a jornada completa.

-10 Peones barrenderos siendo la duración del contrato de un mes a jornada completa.

-3 Auxiliares de refuerzo al servicio de Ayuda a Domicilio: se contratarán a jornada completa siendo la duración de cada contrato de dos meses.

-2 Oficiales de 1ª Albañil y 3 Peones de Obra Pública para la ejecución de la obra 1ª Fase Pavimentación Calle Maestro Fernando Ramírez, estarán contratados hasta la finalización de la obra.

-1 Graduado en Trabajo Social siendo la duración del contrato de 6 meses a jornada completa.

-1 Auxiliar de Inclusión Social siendo la duración del contrato de 4 meses a jornada completa.

-1 Graduado para las actividades de estimulación cognitiva de mayores siendo la duración del contrato de 3 meses.

Concluido el proceso selectivo, con los/las aspirantes seleccionados/as y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, se formalizarán los correspondientes contratos de trabajo y con el resto de los aspirantes se formará una bolsa de trabajo para el caso de sustitución de los candidatos inicialmente contratados.

Esta Contratación Temporal se producirá respecto de las necesidades eventuales planteadas con motivo del desarrollo de los siguientes Programas: Programa Anual de Concertación y Empleo con los Municipios y ELAS de la provincia, Plan Provincial de Medidas Urgentes en materia económica y social con los municipios y ELAs., de la provincia de Córdoba. CORDOBA-10, ambos de la Excma. Diputación de Córdoba; Programa Provincial de apoyo Extraordinario a la inclusión social del Instituto Provincial de Bienestar Social y Programa andaluz de colaboración financiera específica extraordinaria con las entidades locales andaluzas con población igual o inferior a 1.500 habitantes para el reforzamiento y cobertura de sus servicios públicos a consecuencia de la crisis (COVID-19).

La convocatoria y las bases, así como el resto de anuncios relacionados con esta selección, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEGUNDA. NORMATIVA DE APLICACIÓN

El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes Bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:

-Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.

-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -LRJSP-.

-Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 -LPGE 2018-.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local -TRRL-.

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.

-Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES

Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos (art. 56 TREBEP):

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.

Requisitos específicos:

-Para el puesto de Trabajador Social estar en posesión del Título de Graduado Universitario en Trabajo Social.

-Para el puesto de trabajo de Auxiliar en Inclusión Social estar en posesión del Título del Ciclo Formativo FP1 de Grado Medio de Gestión Administrativa.

-Para el puesto de trabajo de Actividades de Estimulación Cognitiva estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Grado en Terapia Ocupacional, Grado en Magisterio de Educación especial, Grado en Magisterio de Educación.

CUARTA. INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES

4.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo deberán estar debidamente cumplimentadas y se formularán en el modelo oficial (Anexo I). Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base Tercera, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si la solicitud se presenta telemáticamente la documentación aportada deberá aparecer en formato pdf.

Quienes envíen su solicitud de participación por cualquiera de los medios indicados en dicho artículo que no sea el de presentación directa en el Registro del Ayuntamiento de Villanueva del Rey deberán comunicarlo expresamente a la dirección de email: ayto.villanuevadelrey.secretaria@eprinsa.es, en el mismo día en que se efectúe el envío, adjuntando escaneado en pdf el recibo o justificante del mismo así como de la documentación presentada, ello al objeto de que el Ayuntamiento tenga constancia de la presentación de la instancia dentro del plazo establecido.

4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, que será de tres días hábiles.

Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional. En la misma

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