Boletín nº 119 (24-06-2020)

VIII. Otras Entidades

Consejo Regulador de la Denominación de Origen Antequera
Antequera (Málaga)

Nº. 1.245/2020

ACUERDO DE CONVOCATORIA DE ELECCIONES A VOCALÍAS DEL CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN ANTEQUERA 2020.

De acuerdo con el artículo 6.2p del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Antequera (Orden de 12 de febrero de 2018, BOJA del 16 de febrero) y el Decreto 17/2016 de 19 de enero (BOJA de 25 de enero de 2016) de la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía se convocan elecciones para las vocalías del Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Antequera con arreglo a lo siguiente:

1. Se acuerda la convocatoria de elecciones a vocalías del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Antequera. Este acuerdo se expondrá en la sede social y la web de este Consejo Regulador, las delegaciones territoriales de Agricultura en Córdoba y Málaga, los ayuntamientos del territorio amparado y en las almazaras inscritas.

2. El listado de electores de las personas físicas y jurídicas inscritas se divide en los siguientes censos/subcensos: C para elaboradores (almazaras), D para envasadores-comercializadores y A para productores-olivareros; se acuerda unificar los registros A y B en el A, a efectos de los establecido en el artículo 8 de la Orden de 25 de mayo de 2010 de la Consejería de Agricultura (BOJA de 31 de mayo). Se establece el día 22 de mayo de 2020 como fecha de referencia para ser elector con arreglo a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 17/2016.

3. Todos los censos, subcensos y listas electorales provisionales y definitivas estarán expuestos para consulta en: la sede del Consejo Regulador (Ctra. Córdoba s/n Antequera); los ayuntamientos de los municipios amparados por la denominación de origen; las delegaciones territoriales de Agricultura en Málaga y Córdoba; y las almazaras inscritas en la denominación de origen, si bien en este caso, en cada una solo se consultará la relación correspondiente a sus asociados inscritos, esto último a excepción de los olivareros de las siguientes almazaras, que se consultarán también en la sede del Consejo Regulador: Coop.San Cosme y San Damián de Almargen, Coop. Arvega de Archidona, Coop.Ntra.del Carmen de Cuevas de San Marcos, Coop.Virgen de las Virtudes de Fuente de Piedra, Coop. San Isidro Labrador de Palenciana y Coop. Santa Rita de Vva de Tapia. 2. El período de consulta de las relaciones provisionales será desde el 7 al 20 de julio. Ante la Junta Electoral de la Denominación en la sede del Consejo Regulador se podrán presentar alegaciones sobre estas listas provisionales hasta el 23 de julio, según el artículo 10.8 del Decreto 17/2016. De no haber ninguna reclamación o alteración de las listas provisionales, se darán éstas como definitivas.

4. La proclamación de las listas electorales definitivas se realizará el 10 de agosto, estableciéndose el período de consulta de las listas electorales definitivas del 12 al 14 de agosto.

5. La presentación de candidaturas a vocalías se hará ante la Junta Electoral del Denominación entre el 11 y el 14 de agosto, proclamándose definitivas según los plazos establecidos en el artículo 18 del Decreto 17/2016.

6. En el caso de que se celebraren votaciones para las vocalías del Pleno del Consejo Regulador según lo previsto en Decreto 17/2016, se fija el 30 de septiembre para las elecciones, teniéndose en cuenta:

-El horario de votación será de 9h a 13h.

-Las cabinas, los sobres blancos y las urnas usadas serán del mismo modelo que los usados en las elecciones legislativas. El formato de las candidaturas será un A4 blanco vertical en el que se indicarán los requisitos establecidos en punto 4 del artículo 20 del Decreto 17/2016 y otras disposiciones en él establecidas, aplicándose la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) como norma subsidiaria.

-Se establecen los siguientes lugares de votación, si se celebraren elecciones:

Mesa electoral

Contenido

Lugar de votación, en su caso

A1

Olivareros de Coop.La Purísima C. de Alameda

Coop.La Purísima Concepción. Pl. Constitución 11. Alameda (Málaga)

A2

Olivareros de Coop. Los Remedios

Coop. Los Remedios. Ctra. Córdoba s/n. Antequera (Málaga)

A3

Olivareros de Coop. La Purísima

Coop.La Purísima. Paraje de San José s/n. Archidona (Málaga)

A4

Olivareros de Coop.San Benito

Coop. San Benito. Extramuros s/n. Campillos (Málaga)

A5

Olivareros de Coop.N.S. Rosario

Coop.N.S.Rosario.Pol.Ind. C/Alcarabán, 1. Humilladero (Málaga)

A6

Olivareros de Coop.Oleoalgaidas

Coop.Oleoalgaidas. Parque Empresarial, 38.Vva Algaidas (Málaga)

A7

Olivareros de Coop.Olivarera del Trabuco

Coop.Oliv.Trabuco. Ctra. Salinas s/n. Vva Trabuco (Málaga)

A8

Resto de olivareros inscritos

Sede del Consejo Regulador. Ctra. Córdoba s/n. Antequera (Málaga)

C

Elaboradoras o almazaras inscritas

Sede del Consejo Regulador. Ctra. Córdoba s/n. Antequera (Málaga)

D

Envasadoras y comercializadoras

Sede del Consejo Regulador. Ctra. Córdoba s/n. Antequera (Málaga)

7. Los datos de la Junta Electoral de la Denominación de Origen Antequera son: Ctra. Córdoba s/n. Apdo 88. Antequera (Málaga). Teléfono 952841451; Fax 952842555 y correo-e comunicacion@doantequera.org. Horario de 9h a 14h en días laborables.

8. Si no se celebraren elecciones con arreglo a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 17/2016, se establece como fecha de constitución del nuevo Pleno del Consejo Regulador el 9 de septiembre de 2020 y se tuviere que organizar alguna elección a vocalía, se establece como plazo de constitución del nuevo Pleno del Consejo Regulador el 21 de octubre.

9. Esta convocatoria se rige por el Decreto 17/2016 de 19 de enero de la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía, el Reglamento de la Denominación de Origen Antequera y las normas aplicables y supletorias, entre ellas las re

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