Boletín nº 120 (25-06-2020)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba

Nº. 1.624/2020

APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO DE CÓRDOBA (IMDEEC).

El Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de mayo de 2020, tomó en consideración la aprobación inicial de la modificación de los Estatutos del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC), adoptándose los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de los Estatutos del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC) modificándose los artículos 6.3 y el 16.1 que quedan con la siguiente redacción:

Artículo 6.3. Sus componentes, salvo la Presidencia, serán designados a propuesta de la Junta de Gobierno Local, a propuesta de los grupos municipales, atendiendo a la distribución previamente fijada por el Pleno, en forma proporcional a la representación de cada grupo y que habrán de ser capitulares. Asimismo será invitado a participar de las sesiones del Consejo Rector, con voz pero sin voto, un representante a propuesta del Consejo del Movimiento Ciudadano.

Artículo 16.1: El/la gerente, que se nombrará por la Junta de Gobierno Lolcal, deberá ser un funcionario de carrera o laboral de las Administraciones públicas o un profesional del sector privado, titulados superiores en ambos casos, y con más de cinco años de ejercicio profesional en el segundo.

SEGUNDO: Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

TERCERO: Someter la modificación de los Estatutos aprobados inicialmente a información pública y audiencia de los interesados por un plazo de treinta días a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de la vigente Ley de Régimen Local y con el Reglamento de Participación Ciudadana y otras normas de aplicación, los interesados podrán examinar el expediente y formular reclamaciones y sugerencias.

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladoras de las Bases del Régimen Local, a efectos de información pública y por plazo de 30 días, durante este plazo se podrá consultar el expediente por los/as interesados/as, en el Tablón de de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Córdoba, a través de la sede electrónica:  

https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios, pudiéndose presentar las alegaciones (reclamaciones y sugerencias) que consideren oportunas.

En caso de no presentarse alegaciones (reclamaciones o sugerencias), se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional.

Las alegaciones podrán ser presentadas:

-Preferentemente, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Córdoba https://sede.cordoba.es/cordoba a través del trámite Instancia general, debiendo indicar como asunto alegaciones aprobación inicial de la modificación de los Estatutos del IMDEEC y dirigirlo al Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba.

-En el registro electrónico común:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

-En el resto de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En cualquier caso se solicita que el resguardo de la presentación de las alegaciones se remita mediante correo electrónico a la dirección carmen.cintas@ayuncordoba.es.

En Córdoba,11 de junio de 2020. Firmado electrónicamente por la Presidenta del IMDEEC, Mª Nieves Torrent Cruz.

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