Boletín nº 127 (06-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Almodóvar del Río

Nº. 1.823/2020

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de junio de 2020, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora número 25 de tasas por servicios urbanísticos, para su adaptación a los cambios que se han producido con la aprobación del Decreto Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, (BOJA extraordinario nº 4, de 12 de marzo 2020), por el que se modifica la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía También se extiende la modificación de la Ordenanza Fiscal a la creación de un nuevo epígrafe que se refiere a un servicio urbanístico que precisa de una mayor concreción e individualidad frente al carácter genérico con el que ahora se liquida en base a epígrafe que solamente lo engloban por ese carácter de generalidad; a la mejor regulación de las fianzas que se han de depositar para garantizar la correcta gestión de los Residuos de la Construcción y Demolición (RCD); y por último se aprovecha la Modificación de la Ordenanza Fiscal para depurar algunos epígrafes que cabría entender que estaban duplicados, lo que solamente puede provocar confusión. Se eliminan tales duplicidades sin afectar al importe de la Tasa.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (www.almodovardelrio.es)

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Almodóvar del Río, 30 de junio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde en funciones, Ramón Hernández Lucena.

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