Boletín nº 128 (07-07-2020)

VI. Administración Local

Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa
Aguilar de La Frontera (Córdoba)

Nº. 1.835/2020 (Corrección de anuncio)

Advertido error en el anuncio núm. 1.835, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 127, de 6 de julio de 2020, consistente en la omisión de las Bases de la Convocatoria para la Contratación Laboral Temporal de un Técnico/a de Turismo en la Mancomunidad de Municipios de la Campiña Sur Cordobesa, procedemos a la publicación íntegra del anuncio para que a partir de la fecha 7 de julio de 2020 sirva para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

Quedando de esta forma subsanado dicho error.

Asunto: Aprobación de la Convocatoria y las Bases que rigen la Contratación laboral temporal de un Técnico/a de Turismo.

DECRETO DE LA PRESIDENTA: Nº 10/2020

Vista la necesidad de llevar a cabo la contratación en régimen laboral temporal, de una persona para el puesto de Técnico/a de Turismo en la Mancomunidad de Municipios de la Campiña Sur Cordobesa.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección del personal referenciada, vista la documentación obrante en el expediente 804/2.020 y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

VENGO EN ACORDAR:

PRIMERO. Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de selección para la contratación de un puesto de personal laboral temporal, categoría Técnico/a de Turismo, de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa.

SEGUNDO. Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras en el Tablón de anuncios y en la página web de la Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa, así como en el en Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

TERCERO. Que la fecha de este anuncio sea la que sirva para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

CUARTO. Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.

Lo que se decreta en Aguilar de la Frontera, 30 de junio de 2020. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Francisca Araceli Carmona Alcántara.

BASES PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER LABORAL TEMPORAL DE UN TÉCNICO/A DE TURISMO PARA LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS CAMPIÑA SUR CORDOBESA.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene como objeto la contratación de personal laboral temporal, al amparo de lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de la legislación laboral aplicable, con la finalidad de regular el procedimiento a seguir en la selección de un puesto de Técnico/a de Turismo para atender las necesidades del Servicio de Promoción Turística Comarcal de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa.

El proceso se desarrolla bajo los principios de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, mérito, capacidad y transparencia, todo ello con la publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la página web www.campisur.es. El resto de información relativa al proceso de selección (listados, pruebas, notificaciones, etc) se expondrá en la página web y en el tablón de anuncios de la sede de la Mancomunidad, sita en Calle Camino Ancho nº 45, de Aguilar de la Frontera.

SEGUNDA. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO

1. Denominación del puesto de trabajo: Técnico/a de Turismo.

Titulación: Diplomado/a o Grado en Turismo o equivalente.

Nº de plazas: 1.

Jornada: A tiempo parcial (75%).

Duración: 3 meses.

2. Las funciones vinculadas al puesto con carácter general serán, el Diseño, Desarrollo y Aplicación de un Plan de Dinamización Turística, enfocado principalmente a la promoción a través de las nuevas tecnologías, dividido en tres niveles de promoción:

1º Municipios de la Mancomunidad.

2º Sur de la provincia de Córdoba y Sevilla, norte de la provincia de Málaga y este de la provincia de Granada.

3º Comunidad Autónoma Andaluza.

Siendo las tareas más significativas, a título enunciativo y sin carácter exhaustivo, las siguientes:

-Organización y funciones de un Departamento de Promoción Turístico Comarcal.

-Puesta en valor de los recursos turísticos de los municipios miembros de la Mancomunidad.

-Diseño de contenidos multimedia, visitas virtuales y realidad aumentada.

-Diseño y ejecución de rutas e itinerarios turísticos (lo cual conlleva los servicios de guía correspondiente)

-Calidad en la prestación de los servicios turísticos.

-Afianzamiento de la posición de la comarca Campiña Sur Cordobesa en los mercados tradicionales provinciales mediante presentaciones en el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba y ferias internacionales (FITUR, etc.)

-Fomento de la comunicación, especialmente con turoperadores e intermediarios turísticos.

-Nuevas Tecnologías aplicadas a la información y promoción turística.

-Promoción de costumbres, tradiciones y fiestas de la comarca.

-Colaboración en el diseño de proyectos de dinamización territorial, que apoyarán nuevos conceptos de ofertas turísticas (rutas gastronómicas, vinícolas, etc.), y también trazará las líneas estratégicas de proyectos que apoyen la conservación, restauración histórica de monumentos o cualquier tipo de obra de carácter cultural que pueda darle entidad propia a un destino turístico.

-Creación de materiales de promoción e información turística: libros de consulta, libros de planificación turística, mapas, guías turísticas, guías de alojamiento, guías astronómicas, guías de viajes, fotografías, material de oficina, folletos, catálogos, material promocional, material informático, planos, etc.

-Elaboración de estadísticas relacionadas con la actividad turística.

-Otras tareas relacionadas con las anteriores.

TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario, a tenor de los artículos 56 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) No ejercer ninguna actividad incompatible, de conformidad con lo establecido en la normativa de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en el momento de la formalización del contrato laboral.

f) Poseer la titulación exigida de Diplomado/a o Grado en Turismo o equivalente, debiendo acreditar la equivalencia.

g) Poseer, al menos competencias de un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia en Lengua inglesa.

h) Carnet de conducir y disponibilidad para viajar.

2. Todos los requisitos y condiciones enumerados en los apartados anteriores, deberán reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia de la relación con esta Mancomunidad.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos excluye al candidato/a, bien de su participación en la selección o bien de su contratación si hubiese sido seleccionado/a.

CUARTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS

Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa y durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del anuncio dictado por la Sra. Presidenta.

El modelo de instancia para participar en las pruebas selectivas será el que figura como Anexo I en las presentes bases.

Los aspirantes deberá

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