Boletín nº 129 (08-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 1.816/2020

No habiéndose presentado reclamaciones en el Expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial de la vía pública o terrenos de dominio público (aprobado provisionalmente por Pleno en sesión de 8 de mayo de 2020, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 18 de mayo de 2020, queda elevada a definitiva dicha aprobación provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del RD Legislativo 2/2004, por lo que a continuación se inserta el texto íntegro de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 17.4 de la citada norma.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PUBLICAS O TERRENOS DE DOMINIO PUBLICO CUYO TITULAR ES EL AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL RÍO.

ARTÍCULO 5º. CUOTA TRIBUTARIA.

Se derogan los siguientes Epígrafes de la Tasa:

-EPÍGRAFE 2. Ocupación de terrenos públicos con mercancías, escombros, materiales de construcción, andamios, etc.

-EPÍGRAFE 3. Ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas o vallas para reserva de mesas y sillas.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación de Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Villa del Río, 29 de junio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.

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