Boletín nº 131 (10-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 1.872/2020

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 30/04/2020, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto área de gasto que afectan a bajas de créditos de personal, como sigue a continuación:

Altas/Bajas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Modificaciones

de crédito

Créditos

finales

Progr.

920

Económica

12005

Sueldo Grupo E

8.250,00 €

3.200,00 €

5.050,00 €

Progr.

943

Económica

46301

Aportación a Mancomunidad

48.700,00 €

3.200,00 €

51.900,00 €

TOTAL

56.950,00 €

0,00 €

56.950,00 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Alcaracejos, 2 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Luis Cabrera Romero.

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