Boletín nº 133 (14-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 1.998/2020

Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Lucena (Córdoba) de fecha, dos de julio de 2020, por la que se convocan Ayudas al Abastecimiento, Saneamiento, Depuración y Canon de Mejora de Infraestructuras al agua para el ejercicio 2020.

BDNS (Identif.) 515080

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/515080),

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse con la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero: Convocatoria

Se convocan para el ejercicio 2020 ayudas a personas físicas y entidades asistenciales lucentinas declaradas de interés público municipal, para el Abastecimiento, Saneamiento, Depuración y Canon de Mejora de Infraestructuras al agua.

Segundo. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas y entidades asistenciales lucentinas declaradas de interés público municipal que sean sujetos pasivos de la citada tasa referida al ejercicio económico, de aplicación en el término municipal de Lucena en la modalidad de agua, que figuren en el Padrón Municipal de Habitantes y el Registro municipal de asociaciones y que cumplan los requisitos establecidos en las Bases que rigen la convocatoria.

Tercero. Objeto y destino de la subvención

La convocatoria del presente programa de ayudas tiene como objeto delimitar, desarrollar y regular el derecho humano universal de acceso al agua y al saneamiento de los/as vecinos/as de Lucena y entidades asistenciales de Lucena declaradas de utilidad pública, en aquellos casos en los que por causas económicas o por el servicio que se preste por parte de estas asociaciones, los usuarios del servicio público municipal de abastecimiento domiciliario de agua potable, saneamiento y depuración de aguas residuales, no puedan hacer frente al pago de las tasas correspondientes, sin que se constituya como elemento que permita eludir nuestro compromiso recogido en la disposición transitoria del Reglamento público de abastecimiento de prestación del servicio de agua potable del Ayuntamiento de Lucena de no ejecutar cortes en los suministros de agua potable por causas económicas.

Cuarto. Bases Reguladoras

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 10 de junio de 2020.

Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (publicadas en el BOP núm. 74, de fecha 27 de abril de 2007).

Quinto. Cuantía

La concesión de estas ayudas quedará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. La dotación de las ayudas asciende a 32.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 381.2312.48040 del Presupuesto General de Gastos de este Ayuntamiento para 2020.

La cuantía individual de cada ayuda vendrá determinada por lo dispuesto en las Bases 3ª y 7ª de las rigen el procedimiento.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se podrán presentar en cualquier momento del ejercicio económico hasta agotar la partida presupuestaria.»

Lucena, 8 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

Aviso jurídico

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