Boletín nº 134 (15-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 1.971/2020

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 40.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión plenaria celebrada el día 4 de junio de 2020, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo (anuncio publicado en el BOP núm. 111, de 12 de junio de 2020), de aprobación del expediente de modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto, para dar cabida a una serie de medidas para contribuir a paliar los efectos económicos negativos que la crisis por el COVID-19 ha provocado al tejido empresarial de la localidad; en concreto de la BASE número 35.1, cuyo texto a continuación se transcribe:

BASE 35: SUBVENCIONES.

35.1 PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2020-2021

Para mejorar la eficacia, se prevé en el artículo 8 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones como instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

En virtud de la potestad de programación y planificación atribuida a las Entidades Locales por el artículo 4.c) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se ha elaborado el presente Plan Estratégico, con la participación de todas las Áreas responsables de la gestión de subvenciones del Ayuntamiento de Posadas.

Dicho Plan tiene carácter plurianual, con las revisiones que sea necesario hacer anualmente, por ello el Plan incluye una previsión de acciones a desarrollar en materia de subvenciones para un periodo de 2 años, siendo su ámbito temporal los ejercicios 2020 y 2021; y quedará prorrogado hasta la aprobación del siguiente Plan.

Primera. Objeto

Concesión de subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local. Se consideran a estos efectos actividades de utilidad pública o interés social en áreas de su competencia:

-Acción social: Ayudas por causas sociales.

-Deportes: Prácticas deportivas, asociacionismo deportivo.

-Cultura: Actividades de fomento cultural.

-Servicios sociales: Fomento de la actividad vinculada con los más necesitados.

-Fomento del desarrollo económico y social: apoyo al tejido empresarial del municipio de Posadas con motivo de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19.

-Protección salubridad pública y desarrollo empresarial (nominativas).

Segunda. Líneas de actuación

A. Fomento del Deporte:

a) Objetivos: Favorecer la realización de actividades deportivas en el Municipio, apoyar a todo tipo de Entidades Públicas o Privadas que programen o realicen actividades de carácter deportivo, para la celebración de competiciones o eventos deportivos.

b) Efectos pretendidos: Financiar parte de la adquisición del material deportivo para la práctica del deporte en el Municipio, el incremento de personas que se inscriban en las diferentes Federaciones deportivas, que se realice un mayor número de competiciones a nivel municipal, la realización de más actividades y eventos deportivos en el Municipio.

c) Plazo necesario para su consecución: 2020-2021.

d) Costes previsibles: 62.500 euros.

e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos.

f) Plan de acción: Incrementar las actividades deportivas en el término municipal, para lo que se realizará un seguimiento por parte de la Comisión mixta de deportes.

B. Ayudas sociales:

a) Objetivos: Ayudar económicamente a las familias del término municipal de Posadas que según informe de Servicios Sociales necesiten ayudas de emergencia social por carecer de los medios económicos necesarios para el pago de rentas por arrendamientos, alimentos, luz, agua, material escolar básico y equipamiento.

b) Efectos pretendidos: Paliar las necesidades más urgentes de familias del término municipal con apuros económicos, contribuir al banco de alimentos.

c) Plazo necesario para su consecución: 2020-2021.

d) Costes previsibles: 75.000 euros.

e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos.

f) Plan de acción: cubrir las necesidades básicas de los habitantes de Posadas que carezcan de medios económicos.

C. Fomento de la Cultura:

a) Objetivos: Favorecer la realización de actividades culturales en el Municipio, apoyar a todo tipo de Entidades Públicas o Privadas que programen o realicen actividades de carácter cultural, para la celebración eventos que redunden en el beneficio vecinal.

b) Efectos pretendidos: Financiar parte de los gastos destinados a la organización de eventos en materia cultural tales como suministros u otros gastos de material no inventariable y servicios necesarios para la organización su organización.

c) Plazo necesario para su consecución: 2020-2021.

d) Costes previsibles: 28.750 euros.

e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos.

f) Plan de acción: Incrementar las actividades culturales en el término municipal, para lo que se realizará un seguimiento por parte del Área correspondiente.

D. Fomento de la acción social:

a) Objetivos: Favorecer la realización de actividades que mejoren las condiciones de los más necesitados en el Municipio, apoyar a todo tipo de Entidades Públicas o Privadas que programen o realicen actividades de acción social.

b) Efectos pretendidos: Financiar parte de los gastos destinados a la organización de actividades que mejoren la calidad de vida del sector vecinal en riesgo de exclusión social.

c) Plazo necesario para su consecución: 2020-2021.

d) Costes previsibles: 18.750 euros.

e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos.

f) Plan de acción: Incrementar las actividades sociales en el término municipal, para lo que se realizará un seguimiento por parte del Área correspondiente.

E. Fomento del desarrollo económico y social.

a) Objetivos: Ayudar a paliar las consecuencias económicas negativas padecidas por el tejido empresarial de la localidad y derivadas de la crisis sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19.

b) Efectos pretendidos: Contribuir a paliar los efectos económicos negativos derivados de la suspensión o cese de la actividad empresarial y la consiguiente disminución de los ingresos como consecuencia de la declaración del estado de alarma.

c) Plazo necesario para su consecución: 2020.

d) Costes previsibles: 177.000 euros.

e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos.

f) Plan de acción: Ayudar a reforzar la situación económica del tejido empresarial de la localidad y facilitar la superación de la crisis económica puntual en la que se encuentra.

F. Subvenciones de carácter nominativo.

a) Subvención nominativa a ANIVIDA, asociación que realiza una actividad privada que redunda en la mejora de la salubridad pública y la protección de los animales. Importe: 4.500 euros.

b) Subvención nominativa a ADEPO, asociación de empresarios de Posadas que realiza una actividad del fomento del desarrollo empresarial. Importe: 7.500 euros.

De conformidad con los artículos 171 y 177.2 del citado texto legal, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativo.

Posadas, 8 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Martínez Pedrera.

Aviso jurídico

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