Boletín nº 135 (16-07-2020)

VIII. Otras Entidades

Comunidad de Regantes Genil-Córdoba
Santaella (Córdoba)

Nº. 2.020/2020

Convocatoria Junta General COLECTIVIDAD DE SANTAELLA de la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Genil Cabra.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 14 y 15 de las Ordenanzas que rigen la Comunidad de Regantes del Genil-Cabra, se convoca a todos los partícipes y usuarios de la Colectividad de Santaella a Junta General que se celebrará el próximo día 25 de agosto de 2020, martes, a las 19:00 horas (siete de la tarde) en primera convocatoria y a las 19:30 horas (siete y media de la tarde) en segunda convocatoria, a celebrar en la CASA DEL CIUDADANO, sita en calle Villargallegos de la localidad de Santaella (Córdoba), estableciendo el siguiente orden del día:

ORDEN DEL DIA

1º. Lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la sesión anterior.

2º. Informe y propuestas del Sr. Presidente de la Colectividad y de su Junta de Gobierno; adopción de los acuerdos que procedan.

3º. Examen y aprobación, si procede, de la Memoria General que presentará la Junta de Gobierno.

4º. Examen y aprobación, si procede, de las cuentas de Ingresos y Gastos del año 2019.

5º. Examen y aprobación si procede, de los Presupuestos de Ingresos y Gastos que para el año 2020 presenta la Junta de Gobierno.

6º. Ruegos y Preguntas.

Las autorizaciones, poderes legales y delegaciones de voto, se presentarán en la sede de la Colectividad, para su comprobación, con 72 horas, al menos, de antelación, requisito imprescindible para su validez a efectos de voto (Artículo 19 de las Ordenanzas).

Dada la importancia de los asuntos a tratar, se ruega su puntual asistencia.

Muy importante. Ante la situación sanitaria en la que nos encontramos, se deberá tener en consideración lo siguiente:

1º. Los comuneros deberán acudir provistos de mascarillas, así como adoptar las medidas necesarias para evitar la propagación del COVID-19, observando las medidas de autoprotección, higiene y separación social adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, manteniendo una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros, así como el resto de las que se han establecido (o se establezcan) por las autoridades sanitarias. El cumplimiento de todo lo anterior será exigido de forma escrupulosa, pudiendo serle negada la entrada, o ser ordenado el desalojo, de quien incumpliera.

2º. Se recomienda, por los motivos antes expuestos y fundamentalmente a aquellos comuneros que pertenezcan a grupos vulnerables al COVID-19, la delegación de la representación y voto.

Santaella (Córdoba), a 13 de julio de 2020. El Presidente (P.O. Sr. Don Antonio Delgado Palma), Fdo. Julio Antonio Valcuende Lajusticia.

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