Boletín nº 136 (17-07-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de El Carpio
Nº. 1.961/2020
Expediente: 3018/2020.
Asunto: Delegación en Concejal para celebración boda civil.
Rfa:Dbb.
RESOLUCIÓN/DECRETO DE ALCALDÍA
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladoras de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en la Casa Ciudadana de esta ciudad el día 12 de Septiembre de 2020 a las 19:30 horas
Por consiguiente, vistos entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss, del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio por los Alcaldes, por la presente
HA RESUELTO:
1º. Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento don Fernando Gómez Rodríguez, el ejercicio de las atribuciones del matrimonio civil para el 12 de Septiembre de 2020, a las 19:30 horas.
2º. Notifíquese este Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En El Carpio, fechado y firmado digitalmente.
La Alcaldesa. Ante mi, la Secretaria.
El Carpio, 7 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Desiree Benavides Baena. Ante mí, Firmado electrónicamente por la Secretaria-Interventora, Juana María Ortiz Duque.