Boletín nº 137 (20-07-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 1.962/2020
Por Resolución de Alcaldía nº 1557/2020, de 8 de julio, se ha resuelto lo siguiente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el Salón de Guillermo de esta ciudad el día 25 de julio de 2020, a las 20:30 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente
HE RESUELTO:
1. Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, don José María Campos Carmona el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 25 de julio de 2020, a las 20:30 horas.
2. Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera, 8 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Flores Jiménez.