Boletín nº 140 (23-07-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 2.129/2020
De conformidad con lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Presupuesto General de esta Corporación para el ejercicio 2020, aprobado inicialmente por acuerdo de Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 17 de junio de 2020, se considera definitivamente aprobado, al no presentarse reclamaciones durante el plazo de exposición al público, por lo que a continuación se inserta resumido por capítulos, conforme a lo establecido en el artículo 169.3 del mencionado texto legal:
RESUMEN GENERAL POR CAPÍTULOS
ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO |
TÍTULO |
EUROS |
1 |
GASTOS DE PERSONAL |
615.602,52 |
2 |
GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y DE SERVICIOS |
272.572,68 |
3 |
GASTOS FINANCIEROS |
0,00 |
4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
236.682,71 |
6 |
INVERSIONES REALES |
123.650,26 |
7 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
15.000,00 |
8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
0,00 |
9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
0,00 |
TOTAL CAPITULOS |
1.263.508,17 |
ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO |
TITULO |
EUROS |
1 |
IMPUESTOS DIRECTOS |
272.958,14 |
2 |
IMPUESTOS INDIRECTOS |
6.000,00 |
3 |
TASAS Y OTROS INGRESOS |
33.675,00 |
4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
803.009,14 |
5 |
INGRESOS PATRIMONIALES |
44.000,00 |
6 |
ENAJENACION DE INVERSIONES REALES |
0,00 |
7 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
103.865,89 |
8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
0,00 |
9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
0,00 |
TOTAL CAPITULOS |
1.263.508,17 |
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobada por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se publica la plantilla de personal funcionario y laboral, aprobada conjuntamente con el Presupuesto.
PLANTILLA DE PERSONAL
A) PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE CARRERA.
DENOMINACIÓN |
NÚMERO |
VACANTES |
GRUPO |
COMP DEST |
1. HABILITACIÓN DE CARACTER NACIONAL |
||||
1.1 Secretaría-Intervención |
1 |
Nombramiento Definitivo |
A1 |
28 |
2. ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL |
||||
2.2 Subescala Administrativa |
||||
- Administrativos |
1 |
Vacante en 2013 |
C1 |
19 |
2.3 Subescala Auxiliares |
||||
- Auxiliares |
2 |
Vacantes 2016 |
C2 |
15 |
3. ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL |
||||
3.2 Subescala Servicios Especiales |
||||
3.2.1 Policía Local |
2 |
EXTINGUIDO |
C1 |
19 |
3.2.1 Vigilante Municipal |
2 |
Vacantes |
C2 |
18 |
B) PUESTOS DE TRABAJO SUJETOS A LA LEGISLACIÓN LABORAL.
1. PERSONAL LABORAL FIJO |
NÚMERO |
Operarios Servicios Múltiples: |
3 |
A) Peón Especialista |
1 |
B) Encargado General de Obras |
1 |
C) Oficial 1ª |
1 |
Secretaria Juzgado de Paz |
1 |
2. PERSONAL LABORAL TEMPORAL |
NÚMERO |
Dinamizadora Juvenil |
1 |
Monitor Deportivo |
1 |
Dinamizadora Centro Guadalinfo |
1 |
Administrativo |
1 |
Auxiliar Administrativo |
1 |
Arquitecto |
1 |
Por acuerdo plenario de fecha 17 de junio de 2020 se acuerda suprimir el Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villanueva del Rey y crear el Cuerpo de Vigilantes Municipales con dos plazas, al entender que las funciones recogidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden ser desempeñadas por estos funcionarios.
En base a lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local se publican las retribuciones y asistencias a órganos colegiados consignadas:
1. Retribuciones de Altos cargos: Concejal con Delegaciones:
Alcaldía: |
Dedicación parcial 25 horas semanales de las cuales al menos 20 se desarrollarán en horario de oficina. |
Dedicación exclusiva |
|
Retribución bruta mensual: 1.361,14 €. |
Retribución bruta mensual: 550,00 €. |
Nº de pagas año: 14 |
Nº de pagas año: 14 |
2. Asistencia a órganos colegiados:
-Asistencia efectiva a Junta de Gobierno Local: 300,00 €/sesión.
-Asistencia efectiva a Plenos Ordinarios: 150,00 €/sesión.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto se podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, tal y como dispone el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Villanueva del Rey, 17 de julio de 2020. Firmado electrónicamente, Andrés Morales Vázquez.