Boletín nº 141 (24-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 2.065/2020

Por el Sr. Alcalde se ha dictado, con fecha 8 de julio de 2020, la siguiente resolución:

Considerando que esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones conforme a los artículos 21.3 LRBRL, y 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROFCL).

Vista la renuncia de doña María Antonia Sierra Campos y la toma de posesión de doña Inmaculada Concepción Rodríguez.

En consecuencia resulta necesario con la finalidad de facilitar la tarea de gobierno, delegar una serie de atribuciones de esta Alcaldía.

En base a ello, por el presente

RESUELVO

Primero. DESIGNACIÓN DE CONCEJALES-DELEGADOS

1. Designar como Concejales Delegados a doña Inmaculada Concepción Rodríguez Mármol que a continuación se indican a los siguientes Concejales:

-Concejal:

2ª Teniente de Alcalde, doña Inmaculada Concepción Rodríguez Mármol.

-Delegación y tipo:

Denominación: Delegación de Desarrollo económico y turismo.

Tipología: Especial.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa que resulta de aplicación la delegación especial solo confiere al Concejal-Delegado la dirección interna y la gestión de los asuntos.

Segundo. DURACIÓN, EFECTOS Y ENTRADA EN VIGOR DE LAS DELEGACIONES CONFERIDAS

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del ROFCL, estas delegaciones surtirán efecto desde la aceptación de este Decreto por los Concejales afectados, sin perjuicio de que se entenderán tácitamente aceptadas si en el término de tres días hábiles, contados desde su notificación, no hiciesen aquéllos manifestación expresa en contra. Ello sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y de la dación de cuenta al Pleno en la siguiente sesión que se celebre.

Las delegaciones serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales-Delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de dictar una nueva resolución expresa en este sentido.

Tercero. NOTIFICACIÓN DEL PRESENTE

Notifíquese en legal forma la presente resolución a todo aquel que aparezca como interesado y a las diversas unidades administrativas correspondientes, debiéndose asimismo publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el Tablón Oficial de Anuncios del Ayuntamiento. Dése cuenta del mismo al Pleno, en la próxima sesión que celebren, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del ROFCL.

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Rambla, 14 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Rambla, Jorge Jiménez Aguilar.

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