Boletín nº 141 (24-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba

Nº. 2.159/2020

Doña Gema Elena González Nevado, Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), hago saber:

Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Extraordinaria celebrada el 25/05/2020, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 101 de 28/05/2020, nº anuncio 1.256/2020, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLRHL, pudiéndose interponer contra los mismos Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.

A continuación se insertan los textos íntegros de las modificaciones de la Ordenanza Fiscal correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA.

La presente Ordenanza fiscal reguladora la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa, queda suspendida, hasta el 31 de diciembre de 2020, declarándose el no devengo y por tanto la no exigibilidad en 2020, con efectos desde la entrada en vigor de la misma, de las tarifas reguladas en el artículo 6 de la Ordenanza.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Villaviciosa de Córdoba, 16 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Gema Elena González Nevado.

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