Boletín nº 141 (24-07-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.222/2020

El Pleno de la Diputación de Córdoba, con fecha 22 de julio de 2020, ha adoptado la siguiente resolución cuyo extracto es el siguiente:

PRIMERO. Acordar la aprobación provisional del proyecto de obra y el inicio del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia, en relación con la ejecución del proyecto del obra "Reparación parcial de la CO-5209, de Monturque a Montilla por Cerro Macho" en el término municipal de Montilla en la superficie y términos indicados de las parcelas contenidas en la siguiente relación de terrenos y propietarios de los mismos afectados por la citada expropiación.

SEGUNDO. Aprobar la siguiente relación de terrenos y propietarios de los mismos afectados por expropiación forzosa incluida en el proyecto de obras:

Término

municipal

Ref. catastral

Titular

Uso

Ocupación

Superficie

Polígono

Parcela

Montilla

25

159

Teresa Cabello López

Aurora Trapero Luque

O

133,50 m²

25

161

Juan Antonio Pozo Priego

María Pilar Jurado Morales

O

130,50 m²

25

163

José Zafra Espejo

O

60,00 m²

TERCERO. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincial y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Montilla (Córdoba), anuncio relativo a la aprobación provisional del proyecto, incluyendo la relación de bienes y propietarios afectados por el expediente de expropiación forzosa, y en prensa haciendo alusión a dichos anuncios, así mismo dicha publicación deberá realizarse en el portal de transparencia de esta Diputación de acuerdo con el artículo 13.1 de la Ley de Transparencia de Andalucía, para el inicio de trámite de alegaciones durante el plazo de 20 días, entendiéndose automáticamente aprobado de forma definitiva, en caso de que no se produzcan alegaciones al proyecto. La aprobación del proyecto implicará la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos correspondientes, todo ello a los fines de la expropiación, de la ocupación temporal o de la imposición o modificación de servidumbres.

CUARTO. Continuar con el procedimiento establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y artículo 16 del Real Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa y las demás actuaciones previstas en dicha Norma.

El Proyecto de referencia, podrá consultarse, pidiendo cita, en el Servicio de Carreteras de esta Diputación de Córdoba, situado en Avenida del Mediterráneo s/n, 14001-Córdoba, en horario de 9:00 a 13:00 horas. Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 a) y 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el presente proyecto será objeto de publicidad durante el periodo de información pública en el portal de transparencia de esta Diputación Provincial, pudiéndose consultar en la siguiente dirección web:

https://www.dipucordoba.es/Departamento_de_planificacion_de_obras_y_servicios_municipales/contenidos/56300/--expedientes-de-expropiaciones?tab=   

Este anuncio, de el que está conforme con sus antecedentes, el Jefe de Sección de Expropiaciones y Valoraciones, Don Francisco Márquez Priego, lo firma electrónicamente en Córdoba, a 23 de julio de 2020, el Sr. Diputado Delegado de Área de de Asistencia Técnica a los Municipios Don Juan Díaz Caballero.

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