Boletín nº 145 (30-07-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 2.241/2020

Extracto de la convocatoria Plan Integral de Apoyo a PYMES. Especial incidencia recuperación crisis COVID-19. Convocatoria 2020.

BDNS (Identif.) 517466

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/517466)

Primero: Incentivo para la creación de empresas.

1. Beneficiarios:

Aquellas empresas, constituidas en Cabra entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020, con nuevas altas en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y en Seguridad Social.

2. Dotación económica de la convocatoria:

La partida presupuestaria es la 47900- 4331 con una dotación económica de 30.000 euros.

3. Cuantía a subvencionar:

Con carácter general, el importe asciende a 1.000 euros por creación de empresa.

No obstante, en el caso en que se trate de una sociedad mercantil, civil o comunidad de bienes, se concederán 500 euros más a partir del segundo socio trabajador, con un máximo de tres socios, en cuyo caso el importe máximo a percibir sería de 2.000 euros.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, deberán presentarse en la oficina del Registro del Ayuntamiento de Cabra, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria y dentro de los dos meses siguientes a la fecha a efectos de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. En el caso en que el alta de la empresa fuese anterior a la fecha de apertura de la convocatoria, el plazo de dos meses comenzará a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

No obstante lo anterior, el plazo de presentación de solicitudes finalizará en todo caso el 30 de noviembre de 2020.

Segundo: Incentivo para el emprendimiento de jóvenes, mujeres mayores de 45 años y víctimas de violencia de género.

1. Beneficiarios:

Jóvenes de hasta 35 años, mujeres mayores de 45 años o víctimas de violencia de género que pongan en marcha iniciativas empresariales en la localidad de Cabra entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020.

2. Dotación económica de la convocatoria:

La partida presupuestaria es la 47901 -4331: Ayudas a jóvenes emprendedores y mujeres. Fomento de la Acción Empresarial con una dotación económica de 33.300 euros.

3. Cuantía a subvencionar:

El importe a conceder en esta línea de emprendimiento será de 1.000 euros.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, deberán presentarse en la oficina del Registro del Ayuntamiento de Cabra, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria y dentro de los dos meses siguientes a la fecha a efectos de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. En el caso en que el alta de la empresa fuese anterior a la fecha de apertura de la convocatoria, el plazo de dos meses comenzará a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

No obstante lo anterior, el plazo de presentación de solicitudes finalizará en todo caso el 30 de noviembre de 2020.

Tercero: Incentivo a la contratación por cuenta ajena.

1. Beneficiarios:

Empresas que hayan formalizado contratos para sus centros de trabajo en Cabra, entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020.

2. Dotación económica de la convocatoria:

La partida presupuestaria es la 47900-4331con una dotación económica de 20000 euros.

3. Cuantía a subvencionar:

Con carácter general, las ayudas acogidas a este programa tendrán una cuantía de:

1.000 euros por contrato indefinido o temporal con una duración igual o superior a un año, a jornada completa.

500 euros por contrato temporal por obra y servicio, o por un contrato con una duración de al menos 6 meses, a jornada completa.

El número máximo de solicitudes de ayudas por contratación será de dos por empresa o grupo de empresas con el mismo titular o solicitante.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, deberán presentarse en la oficina del Registro del Ayuntamiento de Cabra, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria y dentro de los dos meses siguientes a la fecha de contratación. En el caso en que la fecha de formalización del contrato fuese anterior a la fecha de apertura de la convocatoria, el plazo de dos meses comenzará a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

No obstante lo anterior, el plazo de presentación de solicitudes finalizará en todo caso el 30 de Noviembre de 2020.

Cuarto: Apoyo a la Implantación de empresas en Polígonos Industriales.

1. Beneficiarios:

Se financiarán proyectos de inversiones de empresas ubicadas en los diferentes Polígonos industriales del municipio de Cabra, que se hayan implantado en Cabra desde el 1 de enero de 2020 hasta el final de la presente convocatoria.

Quedan excluidas aquellas entidades que tengan en vigor un contrato de arrendamiento del Hotel de Empresas propiedad de este Ayuntamiento.

2. Dotación económica de la convocatoria:

La partida presupuestaria es la 4331 - 47907 con una dotación económica de 30.000 € euros.

3. Cuantía a subvencionar:

El importe a conceder podrá llegar hasta el 50% de la inversión, excluido el IVA, no pudiendo superar, en ningún caso, la cuantía de 3000 euros.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se deberán presentar Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 30 de noviembre de 2020.  

Quinto: Ayudas al Tejido Comercial: Plan de Acción locales Comerciales.

1. Beneficiarios:

Se subvencionarán los importes abonados en concepto de alquiler de un local en el término municipal de Cabra, excluídos los ubicados en Polígonos industriales, para la instalación y desarrollo de una actividad comercial.

2. Dotación económica de la convocatoria:

La partida presupuestaria es la 4331 - 47995 con una dotación económica de 15.000 € euros.

3. Cuantía a subvencionar:

El importe a conceder podrá llegar hasta el 50% de la inversión, excluido el IVA, no pudiendo superar, en ningún caso, la cuantía de 3000 euros.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se deberán presentar Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 30 de noviembre de 2020.

Sexto: Ayudas al Tejido comercial: Adaptación de locales y eliminación de barreras arquitectónicas.

1. Beneficiarios:

Se financiarán aquellos proyectos, desarrollados entre el 1 de Enero de 2020 y hasta el final de la presente Convocatoria, que tengan relación con la actividad desarrollada dirigidos a realizar reformas para la eliminación de barreras arquitectónicas y mejoras de la accesibilidad y movilidad en el interior de los locales y que cumplan con la normativa vigente en mejora de accesibilidad y movilidad. Así como otros elementos de mejora y modernización del local.

Concretamente serán subvencionables los siguientes:

-Elementos de modernización del Local.

-Instalación de rampas de, barandillas o cualquier otro elemento análogo.

-Instalación de ascensores, sillas automatizadas, etc.

-Instalación de puertas con anchura especial, eliminación de escalones, etc.

-Instalación de cuartos de baño, o ampliación de los existentes, destinados a personas de movilidad reducida.

Cualquier otro elemento o actuación que según la normativa vigente mejore la movilidad dentro y fuera de los locales.

2. Dotación económica de la convocatoria:

La partida presupuestaria es la 4331 - 47906 con una dotación económica de 8.000 €.

3. Cuantía a subvencionar:

El importe a conceder podrá llegar hasta el 50% de la inversión, excluido el IVA, no pudiendo superar, en ningún caso, la cuantía de 1000 euros.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se deberán presentar Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 30 de noviembre de 2020.

Séptimo: Ayudas a situaciones Excepcionales: Ayudas destinadas a paliar los daños producidos al tejido comercial, empresarial y económico, a raíz de la crisis producida por el COVID-19.

Según lo establecido en las Bases del Plan Integral de Apoyo a las PYMES, Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba de 17 de julio de 2020 que remite a cada convocatoria, las prescripciones que versan sobre las condiciones no reguladas esta línea, se desarrollan a continuación.

1. Beneficiarios:

Esta línea está destinada a aquellas Empresas, Autónomos, Sociedades civiles, Comunidades de Bienes y cualesquiera otra que tengan la consideración de PYME,s conforme a la normativa de la Unión Europea (Recomendación de la Comisión Europea de 6 de Mayo de 2003 sobre la definición de microempresas pequeñas y medianas empresas) y tengan domicilio fiscal en Cabra y que se hayan visto afectados directamente o indirectamente por la crisis del COVID 19.

También serán subvencionables aquellos proyectos, que tengan como objeto reducir el riesgo de transmisión de la enfermedad, mediante la adquisición, de:

-Equipos de Protección individual (mascarillas, pantallas individuales, guantes&).

-Mamparas de separación entre diferentes grupos de personas, ya sean trabajadores o público en general.

-Adquisición de geles, sistemas de distribución de los mismos, especialmente dirigidos a la prevención.

-Equipos especiales de limpieza.

Cualquier otro elemento que a juicio de la Oficina de Desarrollo Local, permita prevenir la transmisión del virus.

1. (BIS)

Para acreditar que se han visto afectados económicamente podrán utilizar los siguientes medios alternativos:

Aquellas entidades que aparecen recogidas en el Anexo I del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Aquellas entidades que acrediten una pérdida de beneficios de al menos un 30% de los meses de enero a 30 noviembre de 2020, respecto al mismo periodo del año 2019. Para acreditar esta situación deberán aportar las declaraciones de IVA correspondientes a los periodos señalados.

C) Para acreditación de aquellos proyectos, que tengan como objeto reducir el riesgo de transmisión de la enfermedad,mediante la adquisición deberán presentar junto a la solicitud las facturas correspondientes a dicha adquisición, si la inversión ya se ha realizado, en el caso de que la inversión no se hubiera realizado aún presentar las facturas proforma junto con la solicitud.

2. Dotación económica de la convocatoria:

La partida presupuestaria es la 4331 - 47908 con una dotación económica de 163.500 euros.

3. Cuantía a subvencionar:

En todos los casos la cuantía de la subvención se establece una cuantía máxima de 327 € por entidad solicitante.

Dicho lo anterior, para el caso de aquellos proyectos cuya finalidad sea la de reducir el riesgo de transmisión de la enfermedad, para ser beneficiarios de esta ayuda deberán acreditar un gasto superior a 408,75€, IVA excluido.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se deberán presentar Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 30 de noviembre de 2020.

Octavo. Bases Reguladoras.

Bases reguladoras del Plan de Apoyo a las PYMEs publicado en el  Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 136, con fecha 17 de julio de 2020.

Noveno: Cuantía.

Para esta convocatoria se tiene previsto una cuantía total de 297.800 € distribuida entre las distintas líneas.

Quinto. Solicitudes.

Los impresos de solicitud, podrán recogerse en la Oficina de Desarrollo Local del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra a partir del día siguiente al de la publicación en el  Boletín Oficial de la Provincia del presente extracto.

Cabra, 27 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.

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