Boletín nº 145 (30-07-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.255/2020

El Pleno de esta Diputación, en sesión ordinaria celebrada telemáticamente el día veintidós de julio del año en curso, dentro del turno de ruegos y preguntas, se formularon entre otros, los siguientes según consta en el borrador del acta, aún pendiente de aprobación, y a reserva de los términos que de ésta resultaren, cuyo tenor literal dice así:

12. MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO 2020 (JULIO 2020) (Gex 2020/23171). Seguidamente se da cuenta del expediente epigrafiado instruido en el Servicio de Recursos Humanos, en el que consta Propuesta del Sr. Diputado Delegado de RR.HH, del siguiente tenor:

AL PLENO

En cumplimiento de la legislación de régimen local, se somete al Pleno la aprobación de determinadas modificaciones puntuales a la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial de Córdoba correspondiente al ejercicio de 2020. Conforme al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las modificaciones en la RPT se sometieron a la Mesa General de Negociación conjunta de personal funcionario y laboral en sesión celebrada el día 9 de julio y se han adoptado los acuerdos que figura en el acta que obran en el expediente.

Las modificaciones respecto a la Relación de Puestos de Trabajo vigente obedecen en parte a las adaptaciones necesarias para adecuar la estructura administrativa de la Diputación a la organización política surgida en el nuevo mandato corporativo, que supone una reordenación de las Áreas y la creación de nuevas delegaciones genéricas o especiales. Las modificaciones propuestas son las siguientes:

La creación del Departamento de Administración electrónica, con la consiguiente adscripción de los puestos antes incluidos en la Unidad Técnica de Modernización y Administración electrónica, al que se asignan las competencias siguientes:

a. Impulso de la administración electrónica en la propia institución provincial.

b. Impulso de la administración electrónica en los municipios.

c. Coordinación y colaboración con los organismos autónomos y empresas provinciales para la puesta en marcha de la administración electrónica.

d. Programa de colaboración para el sostenimiento de los Centros Guadalinfo, favoreciendo la contratación de los Agentes de Innovación Social. Estos programas deberán coordinar los esfuerzos de las Administraciones locales de la Provincia, incluida la Diputación, con la Administración Autonómica.

e. Programa de colaboración para la dotación de equipamientos informáticos, según las necesidades del momento.

f. En coordinación con la Secretaría General la implantación del Plan de Transparencia y Gobierno Abierto.

g. Administración de las altas/bajas y modificaciones como usuarios de aplicaciones del personal de Diputación.

h. Administración de aplicaciones (ADM, Subvenciones, GEX, Portafirmas, GNT- Notificaciones, Registro, Gestor de Trámites, Gestor de contenidos, Cartera electrónica, Secretaría Electrónica&).

i. Realización de los formularios de trámites para la Sede Electrónica (clasificándolos en Ciudadanía, Asociaciones/Empresas, y Administración Local).

j. Coordinación con la Plataforma de Intermediación a través de la Red SARA.

k. Administración de Gestor de certificados y Cartera electrónica para subida de certificados al servidor.

l. Coordinación con los ayuntamientos y mancomunidades de la provincia en relación a los trámites y convocatorias abiertos para ellos.

m. Atención personalizada a Asociaciones, Ongs, colectivos, empresas para la gestión de los trámites que deben realizar con la administración local.

n. Coordinación del gestor de contenidos para el diseño de la web e intranet de Diputación.

La modificación de las funciones del Departamento de Archivo y Gestión Documental, al que se le atribuyen las siguientes competencias en materia de memoria democrática y, por consiguiente, cambia su denominación a Departamento de Memoria democrática, Archivo y Gestión Documental:

o. Promover la conservación del patrimonio de la memoria democrática en la provincia de Córdoba sus distintos soportes, apoyando las iniciativas de los ayuntamientos de la provincia en ese sentido.

p. Fomentar, en colaboración con otras instituciones públicas y privadas y en particular con los ayuntamientos de la provincia, la investigación acerca de la memoria histórica en los municipios cordobeses.

q. Promover, con especial atención a las futuras generaciones, el valor de los derechos humanos la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición sobre la base de la memoria histórica.

r. Difundir al conjunto de la ciudadanía la memoria democrática de la provincia en el marco de la de Andalucía, facilitando a la ciudadanía el acceso al patrimonio memorialista a través de las fuentes, bibliografía, objetos y medios audiovisuales y de todo tipo que se elaboren desde el propio departamento o a través de los proyectos promovidos por la Diputación

s. Impulsar la participación, el encuentro y la colaboración entre la Diputación y el conjunto de instituciones y asociaciones públicas y privadas que trabajen con los mismos objetivos que la Delegación de Memoria Democrática.

t. Promover y apoyar la celebración de actos, publicaciones, jornadas, etc., que tengan como objetivo recordar los acontecimientos, sucesos, personas o grupos que han contribuido en el pasado reciente a la construcción de nuestra actual democracia, a la paz y la convivencia.

u. Cualquier otra que en este ámbito pretenda poner en marcha la Diputación a través de la Delegación de Memoria Democrática.

v. En definitiva, el Departamento asumirá el impulso de las propuestas políticas puestas en marcha por la Diputación en este ámbito a través de las distintas figuras de las que se dota la Administración pública para el despliegue de sus competencias: convenios, convocatorias de subvenciones, planes y distintas licitaciones para la obtención de la prestación de servicios en el marco de estas competencias así como la atención de demandas de colaboración de ciudadanos y ayuntamientos.

Otras modificaciones puntuales:

w. Creación, aumento de dotación y amortización de puestos de trabajo según ANEXO I. En la creación de puestos, que obedece a nuevas necesidades de los Servicios o Departamentos, se ha establecido como sistema general de provisión el concurso, de acuerdo con la normativa de aplicación. Conforme al artículo 9.2 de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, los puestos que se reservan a personal laboral no llevan aparejado el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales de la Administración Pública. Las retribuciones complementarias de los nuevos puestos se ha determinado por asimilación con otros puestos ya existentes de similar contenido y características.

x. Modificación en las características de algunos puestos de trabajo, según ANEXO II.

y. Cambios de adscripción de puestos de trabajo a nuevos Servicios o Departamentos según ANEXO III, que afectan a los puestos antes adscritos a Secretaría General (Unidad Técnica de Modernización) y al puesto de TAG del Servicio de Hacienda para la prestación de servicios comunes a los OO.AA., que pasa a depender de Secretaría General, de conformidad con el acuerdo plenario 2020/3881, sobre apoyo jurídico y contratación pública de Organismos vinculados a la Diputación Provincial.

En su virtud, se propone al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

-Aprobar las modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial que se han especificado.

-Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.

Finalmente y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Informativa de Asistencia Económica a los Municipios, Hacienda y Gobierno Interior, el Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda aprobar la anterior Propuesta y, por tanto, la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación provincial en el sentido que se expresa en la Propuesta transcrita, debiéndose proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Pleno, de esta Diputación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que se publique, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el art. 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Org

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