Boletín nº 152 (10-08-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Iznájar
Nº. 2.313/2020
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 30 de julio de 2020, se acordó lo que literalmente trascrito dice:
"SUSTITUCIÓN DE LA ALCALDÍA DE IZNÁJAR POR AUSENCIA DEL TITULAR DESDE EL 8 DE AGOSTO AL 23 DE AGOSTO DE 2020. En Iznájar (Córdoba),
ATENDIDO que el Alcalde y Presidente del Ayuntamiento de Iznájar se ausentará del municipio entre los días 8 y 23 de agosto de 2020.
CONSIDERANDO que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 23.3 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales.
VISTA la legislación invocada, en esencia los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y las facultades que la misma confiere a esta Alcaldía, con esta fecha,
HE RESUELTO:
Primero. Designar por sustitución como Alcalde y Presidente del Ayuntamiento de Iznájar a doña Isabel Lobato Padilla, Primera Teniente de Alcalde, cargo que ejercerá durante los días 8 al 16 de agosto de 2020, y a don David Padilla Torres, Segundo Teniente de Alcalde, cargo que ejercerá durante los días 17 de agosto al 23 de agosto de 2020 por ausencia del municipio del Titular de la Alcaldía durante los días mencionados comprendiendo todas las funciones de éste, incluidas las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Segundo. Comuníquese a los Tenientes de Alcalde designados haciéndole saber que habrá de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Tercero. Dar cuenta al Pleno de la Corporación del contenido de la presente para su conocimiento y publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Lo que se anuncia para general conocimiento, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en la villa de Iznájar, a la fecha de la firma electrónica".
Iznájar, 30 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.