Boletín nº 155 (13-08-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros
Nº. 2.460/2020
Don Francisco Javier Maestre Ansio, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros (Córdoba), hago saber:
Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales de las vías públicas, aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento en Sesión Extraordinaria celebrada el día 4 de junio de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 113 p.1, de fecha 16 de junio de 2020, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
A continuación, se inserta el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS O APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DE LAS VÍAS PÚBLICAS DE SAN SEBASTIÁN DE LOS BALLESTEROS (CÓRDOBA).
Se introduce una Disposición Transitoria con el siguiente tenor literal:
Disposición Transitoria.
Desde el 14 de marzo de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, se suspende la aplicación del artículo 4.d) de la Ordenanza de forma que no se devengarán ni se exigirán las tarifas comprendidas en el referido precepto.
Lo que se hace público para general conocimiento.
San Sebastián de los Ballesteros, 7 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Javier Maestre Ansio.