Boletín nº 157 (17-08-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 2.403/2020

El Alcalde de esta Ciudad hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de junio de 2020, acordó aprobar inicialmente los siguientes Expedientes de Transferencias de Créditos por medio de bajas y altas al Presupuesto General de esta Corporación para el actual ejercicio:

-Expte. nº 4 de Transferencias de Créditos del Ayuntamiento de Cabra.

-Expte. nº 1 de Transferencias de Créditos del Patronato de Bienestar Social.

-Expte. nº 1 de Transferencias de Créditos del Patronato de Deporte.

Una vez finalizado el plazo de exposición pública sin que se haya efectuado reclamación alguna, se considera aprobado definitivamente los expedientes relacionados anteriormente.

En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación de dicha modificación del presupuesto:

TRANSFERENCIAS

AYUNTAMIENTO DE CABRA

Bajas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

EUROS

9290-50000

Otros Gastos Diversos (Fondo de Contingencia)

106, 523,76

Total

106, 523,76

Altas en Aplicaciones Presupuestarias de Gastos

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

EUROS

Capítulo I Gastos de personal

106, 523,76

Total

106, 523,76

PATRONATO DE BIENESTAR SOCIAL

Bajas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

EUROS

9290-50000

Otros Gastos Diversos (Fondo de Contingencia)

23.325,34

Total

23.325,34

Altas en Aplicaciones Presupuestarias de Gastos

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

EUROS

Capítulo I Gastos de personal

23.325,34

Total

23.325,34

PATRONATO DE DEPORTE

Bajas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

EUROS

9290-50000

Otros Gastos Diversos (Fondo de Contingencia)

6.392,79

Total

6.392,79

Altas en Aplicaciones Presupuestarias de Gastos

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

EUROS

Capítulo I Gastos de personal

6.392,79

Total

6.392,79

Las personas y entidades debidamente legitimadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Todo ello sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro recurso que se estima procedente.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos.

Cabra, 3 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.

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