Boletín nº 157 (17-08-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.515/2020

Titulo: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, ACCIÓN HUMANITARIA 2020.

BDNS (Identif.) 520022

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/520022)

Primero. Beneficiarias.

Organizaciones o agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, al menos 1 año antes de la publicación de esta convocatoria, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Córdoba antes del 1 de enero del año en curso en que se publique la convocatoria, y que cumplan el resto de requisitos detallados en la estipulación 2ª de las bases reguladoras.

Segundo. Objeto.

Son objeto de esta convocatoria aquellas acciones que tengan como finalidad:

a) La asistencia a las poblaciones empobrecidas afectadas por crisis prolongadas como consecuencia de conflictos, guerras, catástrofes naturales o pandemias así como las destinadas a la prevención de dichas situaciones o de preparación ante ellas.

b) La ayuda de emergencia que permita la provisión gratuita de bienes y servicios esenciales para la supervivencia inmediata (rescate y salvamento, agua y saneamiento, alimentos, abrigo-cobijo, mantas-, medicamentos, material sanitario y de protección e higiene personal y atención sanitaria).

c) La rehabilitación social o reconstrucción destinadas a prevenir cualquier agravamiento de los efectos de la crisis padecida y alcanzar un grado mínimo de autosuficiencia de la población afectada.

d) Hacer frente a las consecuencias sanitarias o de cualquier otra índole que estas pandemias genera en la población refugiada, desplazada y repatriada.

e) Apoyar las acciones civiles de protección de las víctimas de conflictos o circunstancias excepcionales y de defensa de los Derechos humanos.

f) Apoyar a grupos y personas referentes de la comunidad que se encuentren al margen de las confrontaciones y que puedan contribuir a procesos de mediación, resolución de conflictos y cultura de paz.

Tercero. Bases Reguladoras.

Marco General que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba:

(URL:http://www.cordoba.es/images/stories/documentos/Ayuntamiento/Ordenanzas/Ordenanzas_y_Reglamentos_

Municipales/Subvenciones_y_Patrocinios/Ordenanza_General_de_Subvenciones_del_Ayuntamiento_de_Cordoba.pdf)

La consulta de las bases de la convocatoria se podrá consultar también:

BASES DE LAS CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES 2020

(URL: http://cooperacion.cordoba.es/)

Cuarto. Cuantía.

La cantidad destinada a subvencionar los proyectos ,a través de esta convocatoria, es de 220.000 €. La cuantía máxima que podrá percibir cada entidad o colectivo no podrá superar 20.000 €, independientemente de la cantidad de proyectos presentados. Los proyectos presentados podrán recibir subvenciones de hasta un máximo del 100% de su coste total.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos.

De conformidad con las bases de la convocatoria, la solicitud se presentará únicamente por vía telemática conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Y deberá ir acompañada de la documentación administrativa y técnica indicada en las bases. El proyecto deberá respetar el contenido indicado en la convocatoria, y tiene que ser necesariamente presentado junto con la solicitud, no siendo objeto de subsanación, a excepción de que se pueda requerir el presupuesto, en el caso de constatar algún error, o los anexos obligatorios de la formulación, en caso de no haber sido presentados.

Córdoba, 13 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por la Teniente Alcalde Delegada de Participación Ciudadana, Mayores y Solidaridad. (P.D.) Mª Evarista Contador Contador.

Aviso jurídico

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