Boletín nº 158 (18-08-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Granjuela
Nº. 2.479/2020
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de 9/6/2020 sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales de las vías públicas municipales con mesas y sillas con finalidad lucrativa, cuyo texto se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Disposición transitoria.
La presente Ordenanza fiscal reguladora la de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales de las vías públicas municipales, con mesas y sillas con finalidad lucrativa queda suspendida, hasta el 31 de diciembre de 2020, declarándose el no devengo y por tanto la no exigibilidad en 2020, con efectos desde la entrada en vigor de la misma, de las tarifas reguladas en el artículo 5º de la Ordenanza
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.
La Granjuela, 3 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Maximiano Izquiero Jurado.