Boletín nº 159 (19-08-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 2.514/2020

Expte. GEX 12117/2020

Aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 29 de julio de 2020, expediente de modificación de la Ordenanza por la que se regula el establecimiento de precios públicos por utilización de instalaciones, prestación de servicios y realización de actividades culturales, festivas, turísticas y de ocupación del tiempo libre, se expone al público durante un plazo de treinta días a efectos de reclamaciones por los interesados.

De no presentar reclamaciones en el plazo fijado se entenderán definitivamente aprobadas sin necesidad de nueva publicación.

-Modificación del artículo 6 punto 2, quedando con la siguiente redacción:

2. En relación con la utilización de las instalaciones del Teatro Garnelo, se establecen las siguientes reducciones:

-Cuando la organización del evento se realice por entidades sin ánimo de lucro y sin taquilla, se beneficiarán de una bonificación del 100 % sobre el precio público correspondiente, siempre que se trate de actos de carácter académico (conmemoraciones, conferencias, entrega de diplomas, etc.).

-Cuando la organización del evento se realice por asociaciones sin ánimo de lucro se beneficiarán de una reducción del 40% sobre el precio público correspondiente en la primera cesión de uso que se realice en el ejercicio. Dicha reducción no se aplicará para el cálculo del precio que deba abonarse en caso de sobrepaso del horario habitual.

-Cuando por motivos de fuerza mayor (situaciones propias de declaración de estado de alarma, crisis sanitarias, paralización de servicios esenciales para la comunidad&.), el aforo del teatro se vea afectado por la normativa vigente con una reducción en el mismo, se aplicará una reducción del precio público igual al porcentaje en el que se vea reducido el aforo para todas las cesiones de uso (tanto para la sesión de estreno como para posibles sesiones de reposición). Mientras se aplique esta bonificación quedará sin efecto la bonificación del 40% sobre la primera cesión del espacio escénico.

No obstante lo anterior, cuando la organización del evento se realice por asociaciones sin ánimo de lucro, las mismas podrán optar entre la aplicación de la reducción del precio público por limitación del aforo, según lo previsto en el apartado anterior o por la bonificación del 40% sobre la primera cesión del espacio escénico.

Montilla, 3 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad