Boletín nº 160 (20-08-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fernán Núñez

Nº. 2.456/2020

Don Alfonso Alcaide Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Fernán Núñez (Córdoba), hace saber:

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 2020, se aprobaron las Bases para la provisión en propiedad, mediante concurso oposición libre de una plaza de FONTANERO, incluidas en la Oferta de Empleo Público 2019 publicada BOP 15 de mayo de 2019, que se publican a continuación:

BASES PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE UNA PLAZA FONTANERO, PERSONAL DE OFICIOS PERTENECIENTE A ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SERVICIOS ESPECIALES (FONTANERO), DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTA CORPORACIÓN VACANTE, EN ESTE AYUNTAMIENTO MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, OEP 2019, BOP 15 MAYO 2019 ( TURNO LIBRE )

PRIMERA. NORMAS GENERALES.

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de UNA plaza de FONTANERO, personal de oficios admón. especial, servicios especiales, de la plantilla de personal funcionario de esta Corporación, vacante, en este ayuntamiento mediante concurso-oposición, con carácter definitivo,. al grupo C2 mediante turno libre, incluida en la oferta de empleo público de 2019 publicada B.O.P nº 91 de fecha 15-05-2019, cuyas características son las siguientes:

Escala: Administración especial. Subescala: Servicios especiales. Clase: Personal de oficios. Grupo: C2, fontanero.

Número de vacantes: Una

Sistema de selección: Concurso-Oposición mediante Turno libre.

Titulación exigida: Graduado en E.SO, graduado escolar/ FP de 1ª grado o equivalente.

La plaza tiene las funciones encomendadas ,como fontanero, entre otras:

-Mantenimiento de la redes de abastecimiento de agua potable de la población, de las instalaciones de fontanería de todos los edificios e instalaciones municipales

-Realiza las instalaciones de fontanería y abastecimiento de agua potable que este ayuntamiento acometa.

Localización y reparación de averías en las conducciones de agua, siguiendo las normas internas municipales.

Control de los materiales utilizados en las reparaciones efectuadas.

Seguimiento y control de almacén, solicitando las piezas de reparación que sean necesarias. Gestión de proveedores.

Realización de cortes de suministro para la reparación de averías. Accionamiento y regulación del sistema verificando la correcta circulación del agua.

Restablecimiento del servicio tras una avería o intervención en la red de abastecimiento.

Mantenimiento y limpieza de los equipos utilizados en la actividad.

Ejecutar el mantenimiento preventivo y correctivo de la red. Incluye una serie de tareas como la supervisión del funcionamiento general, control de indicadores, detección de averías, registro de datos, ajuste de los equipos, limpieza del sistema, implantación de medidas de seguridad, etc.

Régimen jurídico aplicable: Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presentes bases y por las siguientes disposiciones legales:

De aplicación general: Ley 39/2015 de 1 de octubre, Ley de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local. (En todo lo no derogado expresamente por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto de las Leyes 30/1984, 7/1985 y Real Decreto Legislativo 781/1986.)

De aplicación específica: Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecieron las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

De aplicación supletoria: Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión.

Cualesquiera otras normas concordantes y de aplicación.

Efectos vinculantes. Estas bases vinculan a la Administración convocante, al Tribunal y a todas las demás personas que tengan interés directo en la convocatoria.

SEGUNDA. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:

B) Requisitos Generales.

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Poseer la titulación de Graduado en E.S.O, GRADUADO ESCOLAR/ FP DE 1ª GRADO o equivalente.

Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

f) Haber abonado la correspondiente tasa derechos de examen.

Los requisitos mencionados deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepto el de la posesión de los permisos de conducir que deberán poseerse en la fecha en que se haga pública la relación de aprobados del proceso completo.

B) Requisitos Específicos.

a) Poseer el permiso de conducción B y asumir el compromiso de conducir vehículos municipales, así como estar en disposición de realizar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades propias del puesto de trabajo.

Todos los requisitos establecidos deberán poseerse en el último día de plazo de presentación de solicitudes.

TERCERA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes Bases Generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde -Presidente del Ayuntamiento de Fernán Núñez y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

Las bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia.

La solicitud deberá ir acompañada por:

- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

- Fotocopia del título.

- Fotocopia Justificante del pago de derechos examen, 20,35 -euros.-

Dicha tasa se ingresará en la cuenta corriente de Cajasur-banco número ES02-0237-0210-3091-5064-8935, con la indicación «pruebas selectivas plaza (su denominación ».

En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria Epígrafe 4 Ordenanza. Esta tasa se devengará cuando se presente por el interesado la solicitud de participación en las pruebas selectivas...

No procederá la devolución de estos derechos la exclusión del aspirante de las pruebas por cualquier motivo. Los interesados en participar en las pruebas selectivas, presentarán la oportuna solicitud, de acuerdo con las bases de la convocatoria, a la que se deberá adjuntar el resguardo justificativo de haber pagado en la Tesorería Municipal o en la entidad bancaria que se especifique en la convocatoria la tasa que corresponda de acuerdo con la presente Ordenanza Fiscal.

El impago de la tasa, o el hecho de no aportar el justificante del ingreso, darán lugar a la exclusión del aspirante en la relación que se apruebe.

- Fotocopia Carnet de conducir requerido, junto con el compromiso de conducir vehículos municipales, así como

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