Boletín nº 160 (20-08-2020)

VIII. Otras Entidades

Agencia Provincial de la Energía
Córdoba

Nº. 2.509/2020

El Presidente de la Agencia Provincial de la Energía de Córdoba, con fecha 12 de agosto de 2020, ha dictado resolución definitiva n.º 2020/00000077 de la Convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro, eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la provincia de Córdoba-2020, cuyo texto literal es el que sigue:

En relación a lo indicado en la Base Decimoprimera de la Convocatoria de Subvenciones dirigida al sector empresarial de la provincia de Córdoba, para el desarrollo de actuaciones de ahorro y eficiencia energética en 2020 (BOP nº 26 de 7-02-20), vista la resolución provisional comunicada a los beneficiarios propuestos y, visto el informe de la directora de fecha 7-07-20; habiendo recibido en tiempo y forma la aceptación de la subvención de los beneficiarios propuestos, en virtud de las atribuciones establecidas en el art. 8 de los vigentes estatutos, y dicha base decimo primera de la convocatoria de subvenciones, vengo en RESOLVER:

Primero. DESESTIMAR la alegación presentada por el solicitante EURO GAZA EMERGENCIA SL. con CIF B65444481, por el siguiente motivo:

" Con fecha 22-04-20 se solicitó subsanación mediante correo electrónico. Posteriormente con el inicio de plazos en procedimientos administrativos se solicitó mediante notificación postal con fecha 1-06-20 para que subsanara la siguiente documentación presentada:

" Documentos de solicitud y declaraciones responsables firmados digitalmente (Anexos I, II, III, IV y V).

" Se deberán completar y detallar justificadamente todos los apartados que se indican en el Anexo I. Se hace constar en 2 de los apartados que se adjunta la información por correo certificado al no ser posible su subida por exceder tamaño a este respecto se indica que toda la documentación debe remitirse a través del registro de entrada en la sede electrónica de la entidad, pudiendo realizar tantos registros de documentación como sea necesario.

" Código CNAE de la actividad

" Con fecha 18-06-20, el solicitante aporta únicamente un informe sobre sobre los equipos de iluminación instalados y propuesta de instalación para ahorro energético. El número de equipos y características indicados en dicho informe presentado, no coincide con lo indicado en el desglose del presupuesto de la solicitud presentada. No subsana la documentación requerida indicada en el apartado anterior.

" Estando vigente el plazo de subsanación, se advierte telefónicamente al solicitante que no ha subsanado la documentación requerida.

" Con fecha 22-06-20, el solicitante presenta toda la documentación requerida excepto el Anexo I Solicitud firmado.

" El solicitante EURO GAZA EMERGENCIA SL es un sujeto obligado a relacionarse son las administraciones electrónicamente, según se establece en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC). Igualmente se establece en los arts. 10 y 11 de la misma Ley que la presentación de la solicitud debe tener lugar a través de medios electrónicos y con la correspondiente firma digital. Por tanto, no se pude considerar que la solicitud cumpla con lo establecido en la base novena y no se puede estimar la alegación presentada.

Segundo. DESESTIMAR la alegación presentada por el solicitante MANUEL RUIZ VILLEN, con CIF 34011961K, por el siguiente motivo:

El solicitante presentó la solicitud en tiempo y forma y debidamente firmada por el mismo, indicando claramente en la solicitud un presupuesto de la actuación para la que solicita subvención por importe de 17.751,28 € (IVA no incluido). La base segunda de la convocatoria de subvenciones indica claramente que las actuaciones subvencionadas deberán tener un coste subvencionable igual o superior a 20.000 € (IVA no incluido). Por tanto no cumple con lo indicado en las bases de la convocatoria.

La modificación del presupuesto para el que solicita subvención no se ha producido dentro del plazo de presentación de solicitudes. Las bases de la convocatoria no contemplan la posibilidad de modificar o reformular la solicitud durante la fase de instrucción. Por tanto, no se pude considerar que la solicitud cumpla con lo establecido en la base segunda y no se puede estimar la alegación presentada.

Tercero. CONCEDER a las siguientes entidades subvención por el importe que en cada caso se indica, con destino a la ejecución de los proyectos que igualmente se identifican:

REFERENCIA

23

BENEFICIARIO

INDUSTRIAS ARTESANAS CASTILLO, S.L.

CIF

B14640825

MUNICIPIO

14510 Moriles

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Instalación de generación de energía eléctrica para autoconsumo, consistente en una instalación solar fotovoltaica para autoconsumo de 75 kW.

COSTE SUBVENCIONABLE

71.385,26 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

17,02

SUBVENCIÓN

10.000 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

14,01 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

19

BENEFICIARIO

INYEC & CEP SL

CIF

B14588487

MUNICIPIO

14640 Villa del Río

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Sistema fotovoltaico de autoconsumo de 81,6 kWp inversor de 75 kW, consistente en una instalación solar para autoconsumo eléctrico de 75 kW y sistema de gestión.

COSTE SUBVENCIONABLE

53.944,78 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

16,28

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

18,54 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

10

BENEFICIARIO

CARNES Y FABRICA DE EMBUTIDOS MONTORO SL

CIF

B14771968

MUNICIPIO

14600 Montoro

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Instalación autoconsumo solar fotovoltaico, consistente en una instalación solar para autoconsumo eléctrico de 60 kW.

COSTE SUBVENCIONABLE

50.891,00 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

16,18

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

19,65 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

26

BENEFICIARIO

CLINICA LA ARRUZAFA SL

CIF

B14351183

MUNICIPIO

14012 Córdoba

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Instalación autoconsumo fotovoltaico, consistente en una instalación solar para autoconsumo eléctrico de 40,80 kWp.

COSTE SUBVENCIONABLE

38.637,69 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

10,31

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

25,88 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

33

BENEFICIARIO

CIMA CABLEADOS, S.L.

CIF

B14814768

MUNICIPIO

14900 Lucena

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Instalación de placas fotovoltaicas para autoconsumo en CIMA Cableados S.L., consistente en una instalación solar para autoconsumo eléctrico.

COSTE SUBVENCIONABLE

28.361,88 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

9,78

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

35,26 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

24

BENEFICIARIO

VIAFUEL, S.L.

CIF

B56089170

MUNICIPIO

14960 Rute

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Instalación de generación de energía eléctrica para autoconsumo, consistente en una instalación solar fotovoltaica para autoconsumo de 30 kW.

COSTE SUBVENCIONABLE

28.310,81 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

8,94

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

35,32 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

20

BENEFICIARIO

ISABEL MOLLEJA SL

CIF

B14742852

MUNICIPIO

14640 Villa del Río

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Sistema fotovoltaico de autoconsumo de 34,32 kWp-inversor de 30 kW

COSTE SUBVENCIONABLE

23.726,92 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

7,63

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

42,15 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

22

BENEFICIARIO

CONSTRUCCIONES Y MONTAJES RODRIGUEZ SL

CIF

B14343990

MUNICIPIO

14014 Córdoba

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Renovación integral de luminarias, climatización y cerrajería exterior para la alta eficiencia energética de la empresa, consistente en:

- Sustitución fluorescentes 4x20w, por led 40w

- Sustitución de 3 campanas halogenuros metálicos 400w por campanas led 120w

- Sustitución de 4 halogenos por 4 led 17w

- Sustitución pantalla fluorescente 80w por 2 pantallas led 20-30w

- Instalación 3 unidades control de proximidad en baños, taquillas, pasillo y almacén

- Sustitución 7 proyectores halogenuros 150w por led 90-100w

- Instalación cuadro control horario alumbrado exterior

- Sustitución 4 radiadores aceite 1500w/ por 4 emisores térmicos piedra 700 w/h

- Sustitución radiador aceite 900 w/ por emisor térmico piedra 450 w/h

- Sustitución equipo climatización

- Sustitución 7 ventanas correderas por 7 ventanas aluminio con doble acristalamiento.

COSTE SUBVENCIONABLE

24.118,30 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

6,43

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

41,46 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

12

BENEFICIARIO

MOLINA NAVAS, MARIA ESTHER

CIF

30210344M

MUNICIPIO

14290 Fuente Obejuna

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Sustitución de calefactores e instalación de paneles solares para disminución de CO2 y consumos energéticos. Consistente en instalación de autoconsumo fotovoltaico de 10kW

COSTE SUBVENCIONABLE

22.733,64 €. No se tiene en cuenta la sustitución de calefactores, sondas de gases y humedad dado que no describen número y características de los equipos calefactores existentes y número y características de los equipos calefactores a instalar, de cara a verificar que se trata de un proyecto de ahorro energético.

PUNTUACIÓN OBTENIDA

4,85

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

43,99 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

REFERENCIA

11

BENEFICIARIO

SCA COOP. AGRIC. LA UNIÓN DE MONTILLA

CIF

F14028849

MUNICIPIO

14550 Montilla

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Proyecto de iluminación eficiente en industria agroalimentaria, consistente en sustitución de luminarias.

COSTE SUBVENCIONABLE

27.712,31 €

PUNTUACIÓN OBTENIDA

3,96

SUBVENCIÓN

10.000,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA

4252 770 00

% DE SUBVENCIÓN

36,08 %

PLAZO DE EJECUCIÓN

3 meses

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

2 meses a partir del día siguiente al último día del plazo de ejecución

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA JUSTIFICACIÓN

Según las bases de la convocatoria.

Cuarto. DESESTIMAR las solicitudes presentadas indicadas en la tabla siguiente, por los motivos que se citan en la misma.

Ref

Entidad

CIF

Motivo

7

Fernando Benavente Benitez

30204255B

No justifica el ahorro energético de la medida en relación a la sustitución de ventiladores y sistemas de refrigeración aire-agua. La sustitución de ventanas no se ajusta a los requisitos establecidos en el anexo VII de la convocatoria. No justifica la necesidad para el proyecto de eficiencia energética la obra civil relativa a cuartos técnicos. Únicamente se contemplan como subvencionables los sistemas de control con una inversión subvencionable de 6.598,75 €. No cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.

17

Agro-Repuestos del Sur CB

E14744114

La inversión indicada de 13.798,31 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.

18

Ruiz Villen, Manuel

34011961K

La inversión indicada de 17.751,28 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.

25

Obrador Hnos.Moreno S.L.

B14918346

La inversión indicada de 16.853,26 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.

28

Viguecons Estévez, S.L.

B14499792

No responde al requerimiento de documentación en relación a la sustitución de iluminación. Por tanto se acepta una inversión subvencionable de 17.730,00 €. No cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.

29

Euro Gaza Emergencia SL

B65444481

El licitador no ha subsanado ni la solicitud firmada electrónicamente ni ha justificado el número y características de los equipos existentes que se sustituyen, así como valor anual del ahorro energético de la actuación en kWh/año. El solicitante es un sujeto obligado a relacionarse son las administraciones electrónicamente. No se pude considerar que la solicitud cumpla con lo establecido en la base novena.

30

Ramirez Garzon SL

B14914238

La inversión indicada de 12.840,00 € y considerada subvencionable, no cumple con los requisitos establecidos en la base segunda sobre inversión mínima.

32

Comunidad de Regantes Huertas de F.Nuñez

G14891725

Según establece el RDL 1/2001, de 20 de julio, las comunidades de regantes son entidades de Derecho Público de base asociativa, sometidas a tutela de las Confederaciones Hidrográficas y que ostentan potestades administrativas. Para ser consideradas empresa, según se indica en el art. 1 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, debe ejercer una actividad económica de forma regular. Las ordenanzas de la Comunidad de Regantes presentadas no establecen la actividad comercial como objeto de la comunidad de regantes. El objeto que se indica es la organización del aprovechamiento de un caudal concesional 2,72 l/ y un caudal punta 19,72 l/s con un volumen máximo de 86.000 m3/año de agua proveniente de la EDAR de Fernán Núñez para el riego de una superficie de 42,98 hectáreas.

Por tanto, no se puede considerar que cumpla con lo indicado en la base quinta de la convocatoria.

49

Muebles Viso Leal, S.L.

B14549380

Recibida solicitud mediante correo postal certificado, el solicitante es un sujeto obligado a relacionarse con las administraciones electrónicamente. No cumple con lo establecido en la base novena de la convocatoria

27

Cocinados Mirabueno S.L.

B14956684

No presenta certificados de estar al corriente requeridos

21

Reciclajes Recial SL

B14871560

Presenta escrito desistiendo de la solicitud de subvención

Quinto. DESESTIMAR las siguientes solicitudes de subvención, al haber obtenido menor puntuación.

Referencia

Entidad

Localidad

Puntos Totales

13

S. C. A. Olivarera Andaluza German Baena

14850 Baena

2,10

Sexto. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Córdoba, 12 de agosto de 2020. El Presidente de la Agencia Provincial de la Energía de Córdoba, Víctor Manuel Montoro Caba.

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