Boletín nº 163 (25-08-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 2.542/2020

El Pleno del Ayuntamiento de Villa del Río, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de agosto 2020, acordó la aprobación APROBACIÓN PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA CENTRAL HORTOFRUTÍCOLA DE MANIPULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE GRANADAS EN LA PARCELA 62 DEL POLÍGONO 1 Y OTRAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLA DEL RÍO PROMOVIDO POR LA CENTRAL AGRÍCOLA HUERTA DE CABRA SL, GEX 2518/2020, en los siguientes términos:

PRIMERO. Conforme al artículo 43 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal y Complementarias en suelo no urbanizable de la Provincia de Córdoba,y tal como se recoge en el mencionado Informe del SAU,procede eximir a este Proyecto del cumplimiento de las Condiciones Particulares de implantación (distancias mínimas o núcleos urbanos), ejes de carreteras y otras edificaciones) y de edificación (separación a linderos y ocupación), al quedar justificado y asegurado, el carácter aislado de la instalación o edificación y que no existe posibilidad de formación de núcleo de población en el lugar.

SEGUNDO. Aprobar el Proyecto de Actuación para central hortofrutícola de manipulación y transformación de granadas en la parcela 62 del polígono 1 y otras del término municipal de Villa del Río promovido por la CENTRAL AGRÍCOLA HUERTA DE CABRA S.L. dada la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

TERCERO. Proceder a la publicación de este acuerdo en el BOP de Córdoba, dando traslado del mismo a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

CUARTO. Advertir al Promotor de la actuación, de que en trámites de concesión de licencia se deberá asegurar la vinculación de la superficie total de la parcela a la actividad y se deberán obtener cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable, en concreto, en relación a las posibles afecciones a la carretera CP180.

Igualmente el promotor de la actuación deberá proceder al pago de la prestación compensatoria y solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de actuación incluyendo los extremos del informe y las subsanaciones requeridas, así como las modificaciones que correspondan.

Lo que se hace público para general conocimiento, en Villa del Río (Fecha y Firma electrónicas)

Villa del Río, 14 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.

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