Boletín nº 164 (26-08-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Dos Torres

Nº. 2.556/2020

No habiéndose producido reclamaciones contra el expediente de aprobación de la Modificación de la Ordenanza Reguladora de la Medida de Apoyo al Emprendedor/a y Estímulo del Crecimiento y de la Creación de Empleo en Dos Torres, aprobada provisionalmente en sesión plenaria extraordinaria de fecha 23 de junio de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 125 de fecha 2 de julio de 2020, se entienden definitivamente adoptados los acuerdos, conforme al artículo 17.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, pudiendo interponerse contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo, a partir de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia en la forma y plazos que se establecen en las Normas reguladoras de dicha jurisdicción.

El expediente afecta al Reglamento en los términos que a continuación se indican:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA LA MEDIDA DE APOYO AL EMPRENDEDOR/A Y ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO EN DOS TORRES

Vista la Ordenanza reguladora de la medida de apoyo al emprendedor/a y estímulo del crecimiento y de la creación de empleo en Dos Torres publicada definitivamente el día uno de marzo de dos mil dieciséis que este Ayuntamiento tiene en vigor.

Visto el impacto económico producido por la crisis económica originada por la pandemia del Covid-19 a nivel mundial, se hace necesaria la puesta en marcha de medidas que protejan y den soporte al tejido productivo y social de nuestro municipio con el fin de minimizar el impacto negativo y lograr que la actividad se recupere en el menor tiempo posible.

En este sentido debemos prestar una especial atención a trabajadores autónomos que conforman o pueden conformar en lo sucesivo el tejido productivo y de servicios de nuestra localidad.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el art. 15 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, haciendo uso de la facultad que me confiere la misma, se procede a la modificación del artículo quinto Importe de las ayudas que queda redactado como sigue:

ARTÍCULO 5º. IMPORTE DE LAS AYUDAS

La ayuda concedida será de 60 € mensuales por un periodo máximo de doce meses, de acuerdo con lo estipulado en el art. 31 de la Ley 31/2015, de 9 de septiembre.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogado el artículo quinto de la Ordenanza reguladora de la medida de apoyo al emprendedor/a y estímulo del crecimiento y de la creación de empleo en Dos Torres.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación, cuya redacción del artículo modificado ha sido aprobado en sesión plenaria de 23 de junio de 2020, surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

Dos Torres, 17 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Manuel Torres Fernández.

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