Boletín nº 164 (26-08-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Carlota
Nº. 2.627/2020
EDICTO APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha de 27 de julio de 2020, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3822/2020, del Presupuesto en vigor en la modalidad de Crédito Extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Capítulo |
Denominación |
Importe |
3 |
GASTOS FINANCIEROS |
176,61 € |
4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
40.329,48 € |
6 |
INVERSIONES REALES |
231.068,36 € |
9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
13.296,68 € |
TOTAL |
284.871,13 € |
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Capítulo |
Denominación |
Importe |
2 |
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS |
6.000,00 € |
5 |
FONDO DE CONTINGENCIA |
37.329,48 € |
6 |
INVERSIONES REALES |
27.473,29 € |
TOTAL |
70.802,77 € |
Altas en aplicaciones de Ingresos
Capítulo |
Denominación |
Importe |
9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
214.068,36 € |
TOTAL |
214.068,36 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En La Carlota, 24 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta Accidental, Carmen Suanes Crespo.