Boletín nº 170 (03-09-2020)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 2.563/2020
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Tipo de Procedimiento: Despidos/Ceses en general
Nº Autos: 1049/2019. Negociado JR
Sobre: Despido
Demandantes: Doña Almudena Caballero Muñoz
Abogado: Don José Luis Gutiérrez Romero
Demandado/s: Azul Violeta 2015 SL y Fogasa
Letrado de Fogasa Córdoba
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL, NUMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento número 1049/2019, sobre Despidos/Ceses en general, a instancia de Almudena Caballero Muñoz contra Azul Violeta 2015 SL y Fogasa, en la que se ha dictado Sentencia en fecha 10/03/2020 así como Auto aclarando la sentencia en fecha 12/06/2020, cuyo fallo y parte dispositiva respectivamente son del siguiente tenor literal:
"FALLO
Que, estimando la demanda de Almudena Caballero Muñoz contra Azul Violeta 2015 SL y el Fondo de Garantía Salarial:
1º. Declaro improcedente el despido objeto de este proceso, de fecha de efectos 9-9-19; y, teniendo por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral.
2º. Condeno a la empresa demandada al pago de las siguientes cantidades:
** 13273,12 € en concepto de indemnización (diferencias).
** 5332,32 € en concepto de salarios de tramitación.
3º Absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsablidad subsidiaria en las condiciones legal y reglamentariamente establecidas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicacion ante &
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo aclarar el fallo de la sentencia nº 481/2010, de 10 de marzo.
FALLO
Que, estimando la demanda de Almudena Caballero Muñoz contra Azul Violeta 2015 SL y el Fondo de Garantía Salarial:
1º. Declaro improcedente el despido objeto de este proceso, de fecha de efectos 9-9-19; y, teniendo por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral.
2º. Condeno a la empresa demandada al pago de las siguientes cantidades:
** 14669,8 € en concepto de indemnización (diferencias).
** 5332,32 € en concepto de salarios de tramitación.
3º. Absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en las condiciones legal y reglamentariamente establecidas. Llévese esta resolución al Libro de Sentencias.
Notifíquese la presente resolución a las partes que podrán interponer, en su caso, el recurso que cabe contra la Sentencia aclarada; a saber, recurso de suplicación que ..."
Y para que sirva de notificación en forma a Azul Violeta 2015 SL, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Córdoba, a 10 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.