Boletín nº 170 (03-09-2020)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 2.563/2020

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Tipo de Procedimiento: Despidos/Ceses en general

Nº Autos: 1049/2019. Negociado JR

Sobre: Despido

Demandantes: Doña Almudena Caballero Muñoz

Abogado: Don José Luis Gutiérrez Romero

Demandado/s: Azul Violeta 2015 SL y Fogasa

Letrado de Fogasa Córdoba

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL, NUMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento número 1049/2019, sobre Despidos/Ceses en general, a instancia de Almudena Caballero Muñoz contra Azul Violeta 2015 SL y Fogasa, en la que se ha dictado Sentencia en fecha 10/03/2020 así como Auto aclarando la sentencia en fecha 12/06/2020, cuyo fallo y parte dispositiva respectivamente son del siguiente tenor literal:

"FALLO

Que, estimando la demanda de Almudena Caballero Muñoz contra Azul Violeta 2015 SL y el Fondo de Garantía Salarial:

1º. Declaro improcedente el despido objeto de este proceso, de fecha de efectos 9-9-19; y, teniendo por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral.

2º. Condeno a la empresa demandada al pago de las siguientes cantidades:

** 13273,12 € en concepto de indemnización (diferencias).

** 5332,32 € en concepto de salarios de tramitación.

3º Absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsablidad subsidiaria en las condiciones legal y reglamentariamente establecidas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicacion ante &

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo aclarar el fallo de la sentencia nº 481/2010, de 10 de marzo.

FALLO

Que, estimando la demanda de Almudena Caballero Muñoz contra Azul Violeta 2015 SL y el Fondo de Garantía Salarial:

1º. Declaro improcedente el despido objeto de este proceso, de fecha de efectos 9-9-19; y, teniendo por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral.

2º. Condeno a la empresa demandada al pago de las siguientes cantidades:

** 14669,8 € en concepto de indemnización (diferencias).

** 5332,32 € en concepto de salarios de tramitación.

3º. Absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en las condiciones legal y reglamentariamente establecidas. Llévese esta resolución al Libro de Sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes que podrán interponer, en su caso, el recurso que cabe contra la Sentencia aclarada; a saber, recurso de suplicación que ..."

Y para que sirva de notificación en forma a Azul Violeta 2015 SL, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Córdoba, a 10 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad