Boletín nº 171 (04-09-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.673/2020

DOÑA CRISTINA RODRÍGUEZ LIZANA, TITULAR ACCIDENTAL DEL ÓRGANO DE APOYO A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA, POR DECRETO Nº 1.531 DE 20/02/2019.

CERTIFICO: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día treinta y uno de julio de dos mil veinte, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Nº 534/20. SERVICIOS SOCIALES. 9. PROPOSICIÓN DE LA SRA. TENIENTE DE ALCALDE DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES, DE APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA DELEGACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES 2020.

Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Proposición arriba reseñada, la Junta de Gobierno Local adoptó los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Aprobar la Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones para proyectos en el ámbito de los servicios sociales para 2020, cuyo CSV:

4261e1c42468764e60b6074a75155930faa0954c.

SEGUNDO. Aprobar un gasto de 180.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria Z E10 2314 48902 0 (COOP. SOC. CONVOCATORIA SUBVENCIONES. PROYECTOS SOCIALES) del presupuesto municipal vigente.

TERCERO. Suministrar la información pertinente derivada de las presentes Bases, a los efectos de publicidad, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de subvenciones, según la redacción dada por la Ley 15/2014 de 16 de septiembre de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

CUARTO. Ordenar la publicación del Acuerdo, de las Bases y de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de publicidad y del comienzo del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.

Y para que conste, surta sus efectos donde corresponda y a reserva de lo dispuesto en el artículo doscientos seis del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente certificación de orden y con el V.º B.º de la Excma. Sra. Alcaldesa Acctal., en Córdoba (fecha y firma electrónicas).

Córdoba, 6 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por la Jefa de Departamento de Contratación, Cristina M. Rodríguez Lizana. VºBº. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa Acctal., María Isabel Albas Vives.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EN EL ÁMBITO DE SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA 2020.

Índice

PRIMERA. Finalidad: 3.

SEGUNDA. Ámbito temporal y población destinataria: 3.

TERCERA. Requisitos de las entidades solicitantes: 3.

CUARTA. Ámbito territorial del proyecto: 4.

QUINTA. Contenido de los proyectos a subvencionar: 5.

SEXTA. Exclusiones de la Convocatoria: 7.

SÉPTIMA. Plazo: 8.

OCTAVA. Solicitudes: 9.

NOVENA. Documentación obligatoria: 9.

DÉCIMA. Subsanación y mejora de documentos: 10.

UNDÉCIMA. Criterios de valoración: 10.

UNDÉCIMA bis. Criterios para cuantificación de subvenciones: 14.

DUODÉCIMA. Procedimiento de concesión: 15.

DECIMOTERCERA. Financiación e importe de subvenciones: 17.

DECIMOCUARTA. Gastos subvencionables o elegibles: 17.

DECIMOQUINTA. Gastos no subvencionables: 18.

DECIMOSEXTA. Reformulación de solicitudes y modificación del proyecto: 19.

DECIMOSÉPTIMA. Pago de las subvenciones: 19.

DECIMOCTAVA. Publicidad: 20.

DECIMONOVENA. Plazo de ejecución 20.

VIGÉSIMA. Justificación: 21.

VIGÉSIMO PRIMERA. Justificación parcial: 23.

VIGÉSIMO SEGUNDA. Obligaciones de las entidades beneficiarias: 23.

VIGÉSIMO TERCERA. Devolución voluntaria: 24.

VIGÉSIMO CUARTA. Reintegro: 24.

VIGÉSIMO QUINTA. Seguimiento de proyectos: 25.

VIGÉSIMO SEXTA. Régimen jurídico: 25.

VIGÉSIMO SÉPTIMA. Información y formularios: 26.

VIGÉSIMO OCTAVA. Aprobación y publicación: 26.

ANEXOS: 27.

Anexo 0. baremo de aplicación de los criterios de valoración de los proyectos (máximo 100 puntos): 27.

Anexo I. Formulario de solicitud: 29.

Anexo II. Proyecto (modelo orientativo): 31.

Anexo III. Declaración responsable: 34.

Anexo IV. Declaración responsable: 35.

Anexo V. Reformulación de la solicitud y alegaciones: 36.

Anexo VI. Instancia para justificación de subvención: 37.

Anexo VII. Memoria de ejecución del proyecto: 38.

Anexo VIII. Memoria económica: 40.

Anexo IX. Declaración sobre facturas 42.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE 2020 DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

PRIMERA. Finalidad

Las presentes Bases tienen como objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento aplicable a la convocatoria de subvenciones 2020, en régimen de concurrencia competitiva de la Delegación de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Córdoba con la finalidad de promover el desarrollo de proyectos complementarios de las atribuciones y actividades de dicha Delegación, según las líneas de actuación incluidas en la Base Quinta (Contenido de proyectos subvencionables) de la presente Convocatoria.

SEGUNDA. Ámbito temporal y población destinataria

Se subvencionarán total o parcialmente los gastos presupuestados de aquellos proyectos desarrollados en Córdoba que, reuniendo los requisitos de la Convocatoria y dirigidos a la población residente en el municipio, se inicien o hayan iniciado en 2020 y finalicen como máximo el 31 de mayo de 2021, sin perjuicio de lo dispuesto en la base decimonovena respecto de la modificación o ampliación del plazo de ejecución.

TERCERA. Requisitos de las entidades solicitantes

Podrán solicitar subvención las asociaciones, entidades privadas y los colectivos sin personalidad que observen lo dispuesto en el artículo 4.1 b) de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba (1), que cumplan los siguientes requisitos:

1. Carecer de ánimo de lucro.

2. Tener capacidad jurídica y de obrar en España, y no encontrarse en ninguno de los supuestos de exclusión para la obtención de ayudas públicas a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Estar legalmente constituida y registradas al menos seis meses antes de la publicación de esta convocatoria.

4. Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, antes del 1 de enero del año en curso en que se publique la convocatoria.

5. Tener sede o delegación en el término municipal de Córdoba, y una persona representante incorporada dentro del organigrama, para la gestión del proyecto.

6. No tener pendiente de justificación ninguna subvención del Ayuntamiento de Córdoba recibida con anterioridad, por causa imputable a la entidad beneficiaria.

7. Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, y de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Córdoba y la Agencia Tributaria.

8. Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Córdoba, una vez aprobado por Junta de Gobierno Local dicho reintegro.

9. Realizar una reconocida labor social declarada expresamente en los fines de sus estatutos y confirmada por sus actividades.

10. Desarrollar un proyecto de ámbito social cuyo objeto, ámbito, y contenido coincida de manera indubitada con los proyectos a los que hace referencia la base 5ª de esta convocatoria.

11. No podrán obtener la consideración de entidades beneficiarias de subvención las entidades que incurriesen en los supuestos en los cuales el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones impida dicha consideración.

En el supuesto de estar incursa la entidad en un procedimiento administrativo o judicial que conlleve una sanción de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, podrá desestimarse la solicitud, previa audiencia de la interesada.

Cada entidad podrá concurrir de manera individual o de manera conjunta con otras organizaciones, debiendo cumplir todas ellas los requisitos anteriormente señalados. En tal caso las organizaciones integrantes del consorcio responderán solidariamente del buen fin de la subvención.

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria:

A. Instituciones y servicios dependientes del Estado.

B. Las Administraciones Autonómicas

C. Las Corporaciones Locales.

D. Las empresas públicas y privadas.

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