Boletín nº 179 (17-09-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 2.746/2020

El Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, en sesión ordinaria de Pleno, celebrada en fecha 30 de junio de 2020, aprobó inicialmente las modificaciones habidas en las Bases del Programa de Ayudas Sociales para Electricidad y Agua de esta Ciudad.

Sometido el expediente a información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días, no han sido presentadas reclamaciones y/o sugerencias.

Sin reclamaciones, la aprobación inicial tiene carácter definitivo.

Procede su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65.2 de la LRBRL.

PROGRAMA DE AYUDAS SOCIALES PARA ELECTRICIDAD Y AGUA

Ayudas Sociales para evitar el corte de suministro de electricidad y agua a unidades familiares en situación de vulnerabilidad social.

FINALIDAD.

Desde el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco y debido a la situación de necesidad social en la cual se encuentran inmersas algunas familias en nuestra localidad a consecuencia de la crisis económica, se ha diseñado un Programa de Ayudas Sociales para evitar el corte de suministro de electricidad y agua a unidades familiares en situación de vulnerabilidad o exclusión social en uso de las competencias atribuidas en el artículo 25.2 e) de la Ley 7/1985 de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Este programa es una medida transitoria a través de la cual se realizan actuaciones encaminadas a evitar que existan familias en nuestro municipio con cortes de suministro de electricidad y agua, planteando cauces de coordinación con otros organismos y entidades para el buen funcionamiento del mismo.

OBJETIVO Y DEFINICIÓN.

Podríamos definirlas como Ayudas económicas complementarias, familiares y no periódicas que permiten paliar, minimizar e incluso atajar el problema de suministros de electricidad y agua, a través de la inmediatez.

NATURALEZA DE LAS AYUDAS.

Mediante estas Ayudas se cubren exclusivamente gastos de suministros derivados del consumo eléctrico y de agua.

REQUISITOS DE ACCESO AL PROGRAMA.

Con carácter general, figurar en el padrón municipal con una antigüedad mínima de 6 meses, no obstante, y para cumplir con la obligación municipal de atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, en situaciones excepcionales serán atendidas necesidades de personas que, aun no estando empadronadas, acrediten la residencia efectiva en el municipio, cuando de no atenderse se derive una situación de vulnerabilidad grave, previo visto bueno de los servicios sociales municipales.

Ser persona mayor de edad o menor emancipado.

Los menores que se encuentren en edad escolar obligatoria que conformen la unidad familiar, tendrá que acreditar que se encuentran matriculados y que asisten a clase con regularidad, aportando certificado expedido por la Dirección del centro  educativo durante el curso escolar.

Que las factura/s de suministro de electricidad y/o agua pendientes de pago presentadas, así como el coste del restablecimiento de suministros en su caso, corresponda con la vivienda donde habita el solicitante (propiedad, alquiler).

No disponer de recursos suficientes con los que afrontar los gastos de suministros de electricidad y agua. Se entenderá acreditado siempre que la suma de los ingresos de la unidad familiar, en el semestre anterior a la solicitud, no sea superior a las cantidades consignadas en el apartado "cuantía semestral" de la siguiente tabla:

TABLA DE RENTA DE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES DE LOS MIEMBROS MAYORES DE 16 AÑOS:

Núm. Miembros de Unidad Familiar

Cálculo

Cuantía Mensual

Cuantía Semestral

Unidad familiar Unipersonal

Inferior al 78% IPREM*

419,52 €

2.517,12 €

Unidad familiar de 2 miembros

Inferior al 88% IPREM*

473,30 €

2.839,80 €

Unidad familiar de 3 miembros

Inferior al 98% IPREM*

527,08 €

3.162,48 €

Unidad familiar de 4 miembros

Inferior al 108% IPREM*

580,86 €

3.485,16 €

Unidad familiar de 5 miembros

Inferior al 118% IPREM*

634,64 €

3.807,84 €

Unidad familiar de 6 o más miembros

Inferior al 125% IPREM*

672,30 €

4.033,80 €

*IPREM (mensual): 537,84 €.

Que el suministro cuente con todas las autorizaciones y requisitos exigidos legalmente y no haya sido objeto de utilización o manipulación fraudulenta, ni cesión de electricidad a terceros.

DESTINATARIOS DEL PROGRAMA.

Serán destinatarios del Programa aquellas personas físicas, por sí mismas o en nombre de su entidad familiar, que las soliciten al Ayuntamiento de Pozoblanco y cumplan los requisitos de acceso de este Programa y requieran una actuación inmediata.

Se considera por unidad familiar la constituida por la persona solicitante del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente, pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada, así situación de convivencia, así como hijos/as de uno u otro si existieren, con independencia de su edad y de !as personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, así como aquellos otros familiares que aparezcan inscritos en el certificado de empadronamiento y por consiguiente, que residan en la misma vivienda. Asimismo se computarán, a efectos del cálculo del tope de renta de la unidad familiar a todas aquellas personas que, aun no incluyéndose en la definición de unidad familiar, convivan efectivamente en el domicilio según certificado de empadronamiento o certificado de convivencia, según los casos.

En el supuesto de concurrencia de posibles personas beneficiarias en una misma vivienda o alojamiento, solo podrán otorgarse las ayudas a una de ellas, en este supuesto, la ayuda recaerá sobre la persona que aparezca como titular del contrato o recibo, salvo que Servicios Sociales hubiese informado en otro sentido por razones debidamente justificadas.

PROCEDIMIENTO.

Las compañías suministradoras podrán informar a los usuarios en situación de aviso de corte de suministro de electricidad y/o agua por impago, de las ayudas sociales vigentes desde esta Administración para que puedan solicitarlas.

El Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco en caso necesario solicitará la comprobación de datos con la empresa suministradora correspondiente, previa autorización del solicitante.

Las presentes ayudas lo serán para evitar cortes de suministros en vivienda habitual de la unidad familiar ubicados en el término municipal de Pozoblanco.

Se consideran ingresos computables de la unidad familiar, pensiones, subsidios, rentas e ingresos que en cualquier concepto (incluidos los

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad